Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Peraleda de la Mata. (BOP-2022-6647)
BOP-2022-6647 Bases y convocatoria de una plaza de Auxiliar de escuela infantil. Concurso a través del proceso especial de estabilización de empleo temporal.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Peraleda de la Mata (Cáceres)
Ayuntamiento de Peraleda de la Mata (Cáceres)
Plaza de España, 1, Peraleda de la Mata. 10335. Cáceres. Tfno. 927559005. Fax. 927559227
económica (artículo 2.6 de la Ley 20/2021).
Una vez comenzado el proceso selectivo, los actos que se deriven de su ejecución, se publicarán
en el Tablón de Anuncios de la sede electrónica municipal.
BASE DÉCIMA. FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
La solicitud para participar en el proceso selectivo se ajustará modelo que figurará en la sede
electrónica del Excmo. Ayuntamiento de Peraleda de la Mata, en la que los aspirantes deben
manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones que se exigen en las presentes
Bases, así como manifestar que se comprometen, en su caso, a prestar juramento o promesa
en la forma legalmente establecida en el Real Decreto 707/1979, de 5 abril.
Las instancias solicitando tomar parte en el presente proceso selectivo contendrán los datos
personales, titulación académica exigida y plaza en la que concursa, acompañada de los méritos
de los aspirantes con justificación documental de los que se aleguen.
No será necesaria la compulsa de los documentos que se presenten fotocopiados, bastando la
declaración del interesado sobre la autenticidad de los mismos, así como de los datos que figuran
en la instancia, sin perjuicio de que, en cualquier momento, el Tribunal Calificador o los órganos
competentes del Excmo. Ayuntamiento de Peraleda de la Mata puedan requerir a los aspirantes
que acrediten la veracidad de las circunstancias y documentos aportados y que hayan sido objeto
de valoración.
Los méritos alegados en el concurso que deben acompañar a la solicitud deberán estar
justificados y acreditados por los aspirantes seleccionados. La fecha límite para la alegación de
los méritos y la presentación de los documentos relativos a los mismos será la de la finalización
de plazo de presentación de solicitudes. En ningún caso se valorarán méritos no alegados en la
solicitud o no acreditados documentalmente en plazo.
Las instancias solicitando la incorporación al proceso selectivo se dirigirán al señor Alcalde-
Presidente del Ayuntamiento dentro del plazo de veinte días naturales contados a partir del día
siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Conforme a lo previsto en la disposición adicional cuarta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre,
de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, como una de
las medidas apropiadas para el desarrollo ágil de los procesos selectivos se establece que las
solicitudes de participación se presentarán exclusivamente de manera telemática a través de la
sede electrónica de este Ayuntamiento, en la dirección de internet
https://peraledadelamata.sedelectronica.es, utilizando el trámite denominado "Solicitud de
participación en procesos de selección de personal".
Por otra parte, el artículo 56 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, establece entre los
requisitos para poder participar en el correspondiente proceso selectivo la capacidad funcional
para el desempeño de las tareas. Ello determina la exigencia de que los empleados públicos
reúnan las habilidades necesarias para su dedicación profesional, que incluyen, entre otras, la
tramitación electrónica de expedientes y en su relación con la propia administración empleadora.
Por su parte, el artículo 55.f) del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, establece entre los
principios rectores del acceso al empleo público el de agilidad, sin perjuicio de la objetividad, en
los procesos de selección, suponiendo, la simplificación de los medios de inscripción en un único
sistema electrónico, una mayor agilización de la tramitación y facilitará la accesibilidad de los
ciudadanos, que podrán realizar las gestiones necesarias desde cualquier lugar y hora, dentro
CVE:
BOP-2022-6647
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
Pág. 34584
Ayuntamiento de Peraleda de la Mata (Cáceres)
Plaza de España, 1, Peraleda de la Mata. 10335. Cáceres. Tfno. 927559005. Fax. 927559227
económica (artículo 2.6 de la Ley 20/2021).
Una vez comenzado el proceso selectivo, los actos que se deriven de su ejecución, se publicarán
en el Tablón de Anuncios de la sede electrónica municipal.
BASE DÉCIMA. FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
La solicitud para participar en el proceso selectivo se ajustará modelo que figurará en la sede
electrónica del Excmo. Ayuntamiento de Peraleda de la Mata, en la que los aspirantes deben
manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones que se exigen en las presentes
Bases, así como manifestar que se comprometen, en su caso, a prestar juramento o promesa
en la forma legalmente establecida en el Real Decreto 707/1979, de 5 abril.
Las instancias solicitando tomar parte en el presente proceso selectivo contendrán los datos
personales, titulación académica exigida y plaza en la que concursa, acompañada de los méritos
de los aspirantes con justificación documental de los que se aleguen.
No será necesaria la compulsa de los documentos que se presenten fotocopiados, bastando la
declaración del interesado sobre la autenticidad de los mismos, así como de los datos que figuran
en la instancia, sin perjuicio de que, en cualquier momento, el Tribunal Calificador o los órganos
competentes del Excmo. Ayuntamiento de Peraleda de la Mata puedan requerir a los aspirantes
que acrediten la veracidad de las circunstancias y documentos aportados y que hayan sido objeto
de valoración.
Los méritos alegados en el concurso que deben acompañar a la solicitud deberán estar
justificados y acreditados por los aspirantes seleccionados. La fecha límite para la alegación de
los méritos y la presentación de los documentos relativos a los mismos será la de la finalización
de plazo de presentación de solicitudes. En ningún caso se valorarán méritos no alegados en la
solicitud o no acreditados documentalmente en plazo.
Las instancias solicitando la incorporación al proceso selectivo se dirigirán al señor Alcalde-
Presidente del Ayuntamiento dentro del plazo de veinte días naturales contados a partir del día
siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Conforme a lo previsto en la disposición adicional cuarta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre,
de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, como una de
las medidas apropiadas para el desarrollo ágil de los procesos selectivos se establece que las
solicitudes de participación se presentarán exclusivamente de manera telemática a través de la
sede electrónica de este Ayuntamiento, en la dirección de internet
https://peraledadelamata.sedelectronica.es, utilizando el trámite denominado "Solicitud de
participación en procesos de selección de personal".
Por otra parte, el artículo 56 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, establece entre los
requisitos para poder participar en el correspondiente proceso selectivo la capacidad funcional
para el desempeño de las tareas. Ello determina la exigencia de que los empleados públicos
reúnan las habilidades necesarias para su dedicación profesional, que incluyen, entre otras, la
tramitación electrónica de expedientes y en su relación con la propia administración empleadora.
Por su parte, el artículo 55.f) del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, establece entre los
principios rectores del acceso al empleo público el de agilidad, sin perjuicio de la objetividad, en
los procesos de selección, suponiendo, la simplificación de los medios de inscripción en un único
sistema electrónico, una mayor agilización de la tramitación y facilitará la accesibilidad de los
ciudadanos, que podrán realizar las gestiones necesarias desde cualquier lugar y hora, dentro
CVE:
BOP-2022-6647
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
Pág. 34584