Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Pasarón de la Vera. (BOP-2022-6641)
BOP-2022-6641 Bases y convocatoria para la provisión de 3 plazas de Gerocultor/a, derivadas de los procesos extraordinarios de estabilización previstos en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.
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Ayuntamiento de Pasarón de la Vera
asesores se limitarán a la colaboración que, en función de sus especialidades
técnicas, les solicite el tribunal, por lo que actuarán con voz, pero sin voto.
6.4. El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, como mínimo, de
tres de sus miembros titulares o suplentes, siendo imprescindible la presencia del
presidente y del secretario, resolviendo por mayoría de votos de los miembros
presentes todas las dudas que surjan de la aplicación de las normas contenidas en
estas bases, y determinará la actuación procedente en los casos no previstos.
6.5. En caso de empate, resolverá el voto de calidad del presidente del tribunal.
Los acuerdos del tribunal sólo podrán ser impugnados en los supuestos y la forma
establecida en la Ley 39/2015, de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
6.6. La actuación del tribunal deberá ajustarse a las Bases de esta convocatoria,
pudiendo interpretarlas e integrarlas en aquellas cuestiones que surjan a lo largo
del proceso de selección.
Las resoluciones del tribunal vinculan a la Administración, sin perjuicio de que
ésta, en su caso, pueda proceder a su revisión conforme a lo previsto en el artículo
106 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en cuyo caso habrán de
practicarse de nuevo las pruebas o los trámites afectados por las irregularidades.
6.7. Los miembros del tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo
cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, notificándolo a la
presidencia a la alcaldía en el plazo máximo de 10 días. La Presidencia podrá
requerir a los miembros de los órganos de selección una declaración expresa de no
encontrarse sometidos a ninguna de las causas de abstención legalmente previstas.
6.8. Los aspirantes podrán recusar a los miembros del tribunal en los términos del
artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y conforme establece el artículo 24
del referido texto legal.
6.9. El tribunal queda facultado para resolver las dudas que surjan durante el
proceso selectivo y adoptar los acuerdos necesarios para el buen orden del proceso
selectivo en todo lo no previsto en estas bases.
SÉPTIMA.- FASE DE OPOSICIÓN
La valoración de la fase de oposición será del sesenta por ciento y la del
concurso será del cuarenta por ciento de la puntuación total, en la que se tendrá en
cuenta mayoritariamente la experiencia en el cuerpo, escala, categoría o equivalente de
Ayuntamiento de Pasarón de la Vera
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Viernes, 30 de diciembre de 2022
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