Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navas del Madroño. (BOP-2022-6635)
BOP-2022-6635 Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por la prestación del servicio de cementerios municipales, conducción de cadáveres y otros servicios fúnebres de carácter local.
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ARTICULO 11.- Declaración de Liquidación e Ingreso.
- Los sujetos pasivos solicitaran la prestación de los servicios que se trate.
- Cada servicio será objeto de liquidación individual y autónoma, que será notificada, una vez
haya sido prestado dicho servicio, para su ingreso directo en las Arcas Municipales en la forma
y plazos señalados en el Reglamento General de Recaudación.
ARTICULO 12.- Infracciones y Sanciones.
En todo lo relativo a la calificación de las infracciones tributarias, así como las sanciones que a
las mismas correspondan en cada caso, se estará a lo dispuesto en el art.181 y siguientes de
la Ley 58/2003 LGT.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA.
La presente Ordenanza deroga expresamente el contenido relativo a “la Ordenanza Fiscal
reguladora de las tasas por la prestación del servicio de Cementerios municipales, conducción
de cadáveres y otros servicios fúnebres de carácter local”, que fue publicada en el Boletín
Oficial de la Provincia de Cáceres el día 29 de Diciembre de 1998 (BOP n.º 297), cuya última
modificación fue publicada en el B.O.P. de Cáceres nº 235 del viernes 7 de diciembre de 2018.
DISPOSICION FINAL. La presente Ordenanza entrara en vigor al día siguiente de su
publicación definitiva en el Boletín Oficial de la Provincia, permaneciendo vigente hasta su
modificación o derogación expresa.
Lo que se publica para general conocimiento en cumplimiento de lo previsto en los arts. 17 y 19
del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de
la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y art. 111 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local, a los efectos de que los interesados en los
respectivos expedientes puedan interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de
lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de
dos meses, contados a partir del día siguiente a la publicación del presente Edicto en el Boletín
Oficial de la Provincia.
Navas del Madroño, 27 de diciembre de 2022
Manuel Mirón Macías
ALCALDE-PRESIDENTE
CVE:
BOP-2022-6635
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
Pág. 34457
- Los sujetos pasivos solicitaran la prestación de los servicios que se trate.
- Cada servicio será objeto de liquidación individual y autónoma, que será notificada, una vez
haya sido prestado dicho servicio, para su ingreso directo en las Arcas Municipales en la forma
y plazos señalados en el Reglamento General de Recaudación.
ARTICULO 12.- Infracciones y Sanciones.
En todo lo relativo a la calificación de las infracciones tributarias, así como las sanciones que a
las mismas correspondan en cada caso, se estará a lo dispuesto en el art.181 y siguientes de
la Ley 58/2003 LGT.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA.
La presente Ordenanza deroga expresamente el contenido relativo a “la Ordenanza Fiscal
reguladora de las tasas por la prestación del servicio de Cementerios municipales, conducción
de cadáveres y otros servicios fúnebres de carácter local”, que fue publicada en el Boletín
Oficial de la Provincia de Cáceres el día 29 de Diciembre de 1998 (BOP n.º 297), cuya última
modificación fue publicada en el B.O.P. de Cáceres nº 235 del viernes 7 de diciembre de 2018.
DISPOSICION FINAL. La presente Ordenanza entrara en vigor al día siguiente de su
publicación definitiva en el Boletín Oficial de la Provincia, permaneciendo vigente hasta su
modificación o derogación expresa.
Lo que se publica para general conocimiento en cumplimiento de lo previsto en los arts. 17 y 19
del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de
la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y art. 111 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local, a los efectos de que los interesados en los
respectivos expedientes puedan interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de
lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de
dos meses, contados a partir del día siguiente a la publicación del presente Edicto en el Boletín
Oficial de la Provincia.
Navas del Madroño, 27 de diciembre de 2022
Manuel Mirón Macías
ALCALDE-PRESIDENTE
CVE:
BOP-2022-6635
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
Pág. 34457