Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2022-6630)
BOP-2022-6630 Bases para la provisión de una plaza de Monitor/a Deportivo/a, mediante concurso-oposición correspondiente al proceso de estabilización de empleo temporal, en aplicación de la Ley 20/2021 de 28 de diciembre.
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Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata
En ningún caso la presentación y pago de las tasas supondrá la sustitución del trámite de
presentación en tiempo y forma de la solicitud, expresado en la base cuarta.
5.2.- De acuerdo con lo establecido en la NOTA al epígrafe 5º. Beneficios Fiscales, de
la Ordenanza fiscal del Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata reguladora de la tasa
por expedición de documentos administrativos:
“NOTA al epígrafe 5º. Beneficios Fiscales:
1) Bonificaciones a favor de desempleados. Las personas que se encuentren en
situación de desempleo, debidamente inscritas en el Centro de Empleo
correspondiente a la fecha de expiración del plazo de presentación de
instancias, tendrán derecho a una bonificación del 50 por 100 de la cuota
prevista en el epígrafe anterior, por derecho de examen en las pruebas
selectivas para acceso a cualquier de los apartados anteriores, 1. y 2.
Deberán aportar certificación acreditativa del Centro de Empleo
correspondiente
2) Beneficios fiscales a favor de personas discapacitadas. Las personas que
tengan reconocida por la Administración Pública competente un grado de
discapacidad superior al 33 por 100, abonarán por su participación en
pruebas selectivas a cualquiera de los apartados anteriores 1. y 2., la
cantidad de cero euros. Deberán aportar fotocopia compulsada de la
declaración administrativa de invalidez o disminución física expedida por el
Organismo o autoridad competente.
3) Beneficios fiscales a favor de funcionarios o personal laboral del
Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata (Cáceres). Los funcionarios o
personal laboral de este Ayuntamiento, abonarán por su participación en
pruebas selectivas al apartado 1., la cantidad de cero euros”.
No se considerará como desempleadas a aquellas personas que, aun figurando como
desempleadas en el Servicio Público de Empleo correspondiente, no tengan recogida su
situación de desempleo en su vida laboral.
5.3.- Únicamente procederá la devolución de los derechos de examen a las personas
aspirantes que hayan quedado definitivamente excluidas de las pruebas selectivas. A
tales efectos, el reintegro se realizará previa solicitud de la persona interesada. No se
procederá a la devolución de tasas en los supuestos de exclusión de participación en las
pruebas selectivas por causa imputable a la persona interesada.
SEXTA.- Admisión de aspirantes.
6.1.- Terminado el plazo de presentación de instancias, la Sra. Alcaldesa-Presidenta de
la Corporación dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de
admitidos/as, así como la de excluidos/as y las causas que han motivado la exclusión.
Dicha resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres y el
tablón de anuncios, en la página web municipal y en el tablón de anuncios de la sede
electrónica https://aytonavalmoral.sedelectronica.es/info.0
Cód.
Validación:
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Viernes, 30 de diciembre de 2022
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