Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2022-6628)
BOP-2022-6628 Bases para la provisión de una plaza de Auxiliar de Hogar, mediante concurso de méritos correspondiente al proceso de estabilización de empleo temporal, en aplicación de la Ley 20/2021 de 28 de diciembre.
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Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata
su caso del correspondiente certificado de equivalencia, y los aspirantes con titulaciones
no universitarias obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de
la correspondiente credencial de homologación. Este requisito no será de aplicación a
los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional,
en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho
comunitario.
d) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las correspondientes
funciones o tareas del puesto al que se aspira.
e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera
de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos
o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de
funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del
personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser
nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido
sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos
términos el acceso al empleo público.
f) No estar incluido/a en ninguno de los supuestos de incompatibilidad establecidos en
la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de
las Administraciones Públicas. Dicho requisito deberá acreditarse previamente a la
contratación.
2.2.- Los aspirantes deberán poseer o estar condiciones de cumplir los requisitos de
participación establecidos en esta base en la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes y mantenerlos durante todo el proceso selectivo.
TERCERA. Instancias.
3.1.- Las solicitudes para tomar parte en estas pruebas selectivas se ajustarán al
modelo establecido, y que se incorpora como ANEXO I a las presentes Bases, no
admitiéndose otro tipo de modelo.
3.2.- La solicitud, debidamente cumplimentada, se dirigirá a la Sra. Alcaldesa-
Presidenta de la Corporación (plaza de España, 1, CP 10300, Navalmoral de la
Mata), y a ella se deberá acompañar la siguiente documentación:
• Fotocopia del DNI.
• Fotocopia de la titulación requerida.
• Comprobante o justificante (original o fotocopia compulsada) que acredite el
abono íntegro de la tasa por derechos de examen, o bien documentación
acreditativa de estar exento/a de su abono, según lo estipulado en la base 5.
Para acreditar el abono de la tasa, será imprescindible presentar un documento
(original o fotocopia compulsada) que venga sellado o validado por la entidad
bancaria correspondiente, y donde figure el nombre y apellidos o el número
Cód.
Validación:
XJSME7LXHY4G2E7YJTESCA9XC
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Verificación:
https://aytonavalmoral.sedelectronica.es/
Documento
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electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
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su caso del correspondiente certificado de equivalencia, y los aspirantes con titulaciones
no universitarias obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de
la correspondiente credencial de homologación. Este requisito no será de aplicación a
los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional,
en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho
comunitario.
d) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las correspondientes
funciones o tareas del puesto al que se aspira.
e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera
de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos
o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de
funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del
personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser
nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido
sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos
términos el acceso al empleo público.
f) No estar incluido/a en ninguno de los supuestos de incompatibilidad establecidos en
la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de
las Administraciones Públicas. Dicho requisito deberá acreditarse previamente a la
contratación.
2.2.- Los aspirantes deberán poseer o estar condiciones de cumplir los requisitos de
participación establecidos en esta base en la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes y mantenerlos durante todo el proceso selectivo.
TERCERA. Instancias.
3.1.- Las solicitudes para tomar parte en estas pruebas selectivas se ajustarán al
modelo establecido, y que se incorpora como ANEXO I a las presentes Bases, no
admitiéndose otro tipo de modelo.
3.2.- La solicitud, debidamente cumplimentada, se dirigirá a la Sra. Alcaldesa-
Presidenta de la Corporación (plaza de España, 1, CP 10300, Navalmoral de la
Mata), y a ella se deberá acompañar la siguiente documentación:
• Fotocopia del DNI.
• Fotocopia de la titulación requerida.
• Comprobante o justificante (original o fotocopia compulsada) que acredite el
abono íntegro de la tasa por derechos de examen, o bien documentación
acreditativa de estar exento/a de su abono, según lo estipulado en la base 5.
Para acreditar el abono de la tasa, será imprescindible presentar un documento
(original o fotocopia compulsada) que venga sellado o validado por la entidad
bancaria correspondiente, y donde figure el nombre y apellidos o el número
Cód.
Validación:
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