Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2022-6628)
BOP-2022-6628 Bases para la provisión de una plaza de Auxiliar de Hogar, mediante concurso de méritos correspondiente al proceso de estabilización de empleo temporal, en aplicación de la Ley 20/2021 de 28 de diciembre.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata
Asimismo, se valorarán los cursos de formación, recibidos o impartidos, que hayan sido
convocados, impartidos u homologados por los agentes anteriores, con contenidos
transversales y complementarios que contribuyan al desarrollo personal y profesional de
los empleados públicos.
Sólo se valorará, ya sea por asistir o por impartir, una única edición del curso o acción
formativa cuando sean varias coincidentes dentro del mismo año en cuanto a su
contenido.
La formación se acreditará mediante diplomas o certificados originales o copia de los
mismos en horas y/o créditos, con la equivalencia de 1 crédito por cada 10 horas. No
obstante, cuando la duración de las actividades formativas venga determinada en días, el
Tribunal valorará 5 horas por día, de acuerdo con criterios de proporcionalidad y
siempre que se acrediten claramente los días concretos de celebración del curso. En caso
de que en las acreditaciones de las actividades formativas aportadas figuren tanto las
horas de formación como los créditos, se tendrán en cuenta éstos últimos para su
valoración.
No se valorarán los pertenecientes a los contenidos de una carrera universitaria y los de
doctorado.
Ello, no obstante, el órgano de selección se reserva el derecho de poder exigir al
aspirante cualquier documentación complementaria.
La valoración se realizará de acuerdo con el siguiente baremo:
b.2.1) Formación relacionada con el puesto (18 puntos máximos).
Se considerará la formación cuyo contenido esté directamente relacionado con las
funciones propias del cuerpo, tales como: Tercera Edad, Ayuda a Domicilio, Atención
Sociosanitaria, personas dependientes, instituciones sociales, primeros auxilios,
prevención de riesgos laborales, Igualdad, Violencia de Género, Discapacidad,
Inmigración, Menores, Infancia, Familia, Teleasistencia, Sanidad o socio-sanitarios,
Drogodependencias, Dependencia, Comunicación, Empatía, Asertividad, Personas
Vulnerables, Legislación relacionada con la administración o con los contenidos
anteriores, Informática o Tecnología necesaria para el desarrollo del puesto, así como
cualquier otro que el tribunal pueda considerar directamente relacionado.
Por asistir a cursos o actividades formativas: 18 puntos máximo.
Actividades formativas realizadas de menos de 10 horas y las que no especifiquen
número de horas se valorarán con 0,50 puntos.
Se valorarán con 1,5 puntos por cada 10 horas o cada crédito de cada uno de las demás
actividades formativas presentadas por los/as aspirantes, estableciéndose la equivalencia
de 1 crédito con 10 horas.
Cód.
Validación:
XJSME7LXHY4G2E7YJTESCA9XC
|
Verificación:
https://aytonavalmoral.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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15
de
28
CVE:
BOP-2022-6628
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
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Asimismo, se valorarán los cursos de formación, recibidos o impartidos, que hayan sido
convocados, impartidos u homologados por los agentes anteriores, con contenidos
transversales y complementarios que contribuyan al desarrollo personal y profesional de
los empleados públicos.
Sólo se valorará, ya sea por asistir o por impartir, una única edición del curso o acción
formativa cuando sean varias coincidentes dentro del mismo año en cuanto a su
contenido.
La formación se acreditará mediante diplomas o certificados originales o copia de los
mismos en horas y/o créditos, con la equivalencia de 1 crédito por cada 10 horas. No
obstante, cuando la duración de las actividades formativas venga determinada en días, el
Tribunal valorará 5 horas por día, de acuerdo con criterios de proporcionalidad y
siempre que se acrediten claramente los días concretos de celebración del curso. En caso
de que en las acreditaciones de las actividades formativas aportadas figuren tanto las
horas de formación como los créditos, se tendrán en cuenta éstos últimos para su
valoración.
No se valorarán los pertenecientes a los contenidos de una carrera universitaria y los de
doctorado.
Ello, no obstante, el órgano de selección se reserva el derecho de poder exigir al
aspirante cualquier documentación complementaria.
La valoración se realizará de acuerdo con el siguiente baremo:
b.2.1) Formación relacionada con el puesto (18 puntos máximos).
Se considerará la formación cuyo contenido esté directamente relacionado con las
funciones propias del cuerpo, tales como: Tercera Edad, Ayuda a Domicilio, Atención
Sociosanitaria, personas dependientes, instituciones sociales, primeros auxilios,
prevención de riesgos laborales, Igualdad, Violencia de Género, Discapacidad,
Inmigración, Menores, Infancia, Familia, Teleasistencia, Sanidad o socio-sanitarios,
Drogodependencias, Dependencia, Comunicación, Empatía, Asertividad, Personas
Vulnerables, Legislación relacionada con la administración o con los contenidos
anteriores, Informática o Tecnología necesaria para el desarrollo del puesto, así como
cualquier otro que el tribunal pueda considerar directamente relacionado.
Por asistir a cursos o actividades formativas: 18 puntos máximo.
Actividades formativas realizadas de menos de 10 horas y las que no especifiquen
número de horas se valorarán con 0,50 puntos.
Se valorarán con 1,5 puntos por cada 10 horas o cada crédito de cada uno de las demás
actividades formativas presentadas por los/as aspirantes, estableciéndose la equivalencia
de 1 crédito con 10 horas.
Cód.
Validación:
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