Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navaconcejo. (BOP-2022-6618)
BOP-2022-6618 Bases de convocatoria por las que se regirá el proceso selectivo para la cobertura de una plaza de Operario de Servicios Funerarios, personal laboral fijo discontinuo, en el marco de los procedimientos diferenciados extraordinarios de estabilización de empleo temporal.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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AYUNTAMIENTO DE NAVACONCEJO
-CÁCERES-
A) VALORACIÓN MÉRITOS
1ª Parte: Valoración experiencia: 60 puntos máximo.
a) Servicios prestados en la plaza de Operario de Servicios Funerarios del Ayuntamiento de
Navaconcejo objeto de consolidación en la presente convocatoria, como personal laboral , a razón
de 6 puntos por diez días de servicio completo , al tratarse de procesos de estabilización de empleo
temporal y consolidación de empleo temporal conforme a lo previsto en la disposición Transitoria
Cuarta del Real Decreto Legisla vo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, hasta el máximo de 60 puntos.
b) Servicios prestados en otras administraciones públicas, como como funcionario/a
interino/a, laboral temporal, cualquiera que sea la modalidad del nombramiento
interino/a/contratación temporal o indefinido/a no fijo/a , con categoría de Operario de Servicios
Funerarios o asimilada : a razón de 3 puntos por cada diez días trabajados de servicio completo,
hasta el máximo de 60 puntos.
La experiencia profesional se acreditará mediante cer ficado de servicios prestados emi do por la
administración correspondiente, indicando puesto de trabajo desempeñado y sus funciones, po
de contratación o nombramiento, periodo de empo acompañado de la vida laboral.
2ª Parte: Valoración formación: 40 puntos máximos.
a) Formación general: Máximo de 40 puntos.
Cursos de formación y perfeccionamiento: Únicamente se valorarán acciones forma vas, tulación
de formación profesional, universitarias y tulaciones de Expertos y Máster Universitarios
debidamente acreditadas que versen sobre materias directamente relacionadas con las funciones
propias del puesto convocado, impar dos por Centros Oficiales y demás Administraciones Públicas,
y centros acogidos al Plan de Formación con nua de las Administraciones Públicas, Universidades o
Colegios Profesionales, o bien por cualquier organismo público o privado siempre que hayan sido
oficialmente reconocidos, y que se acrediten mediante tulo, cer ficado o diploma, hasta un
máximo de 40 puntos.
Sólo se valorará una única edición del curso o acción forma va cuando sean varias coincidentes
dentro del mismo año en cuanto a su contenido.
La formación deberá ser acreditada en horas y/o créditos.
No obstante, cuando la duración de las ac vidades forma vas venga determinada en días, el
Tribunal valorará 5 horas por día, de acuerdo con criterios de proporcionalidad y siempre que se
acrediten claramente los días concretos de celebración del curso.
CVE:
BOP-2022-6618
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
Pág. 34063
-CÁCERES-
A) VALORACIÓN MÉRITOS
1ª Parte: Valoración experiencia: 60 puntos máximo.
a) Servicios prestados en la plaza de Operario de Servicios Funerarios del Ayuntamiento de
Navaconcejo objeto de consolidación en la presente convocatoria, como personal laboral , a razón
de 6 puntos por diez días de servicio completo , al tratarse de procesos de estabilización de empleo
temporal y consolidación de empleo temporal conforme a lo previsto en la disposición Transitoria
Cuarta del Real Decreto Legisla vo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, hasta el máximo de 60 puntos.
b) Servicios prestados en otras administraciones públicas, como como funcionario/a
interino/a, laboral temporal, cualquiera que sea la modalidad del nombramiento
interino/a/contratación temporal o indefinido/a no fijo/a , con categoría de Operario de Servicios
Funerarios o asimilada : a razón de 3 puntos por cada diez días trabajados de servicio completo,
hasta el máximo de 60 puntos.
La experiencia profesional se acreditará mediante cer ficado de servicios prestados emi do por la
administración correspondiente, indicando puesto de trabajo desempeñado y sus funciones, po
de contratación o nombramiento, periodo de empo acompañado de la vida laboral.
2ª Parte: Valoración formación: 40 puntos máximos.
a) Formación general: Máximo de 40 puntos.
Cursos de formación y perfeccionamiento: Únicamente se valorarán acciones forma vas, tulación
de formación profesional, universitarias y tulaciones de Expertos y Máster Universitarios
debidamente acreditadas que versen sobre materias directamente relacionadas con las funciones
propias del puesto convocado, impar dos por Centros Oficiales y demás Administraciones Públicas,
y centros acogidos al Plan de Formación con nua de las Administraciones Públicas, Universidades o
Colegios Profesionales, o bien por cualquier organismo público o privado siempre que hayan sido
oficialmente reconocidos, y que se acrediten mediante tulo, cer ficado o diploma, hasta un
máximo de 40 puntos.
Sólo se valorará una única edición del curso o acción forma va cuando sean varias coincidentes
dentro del mismo año en cuanto a su contenido.
La formación deberá ser acreditada en horas y/o créditos.
No obstante, cuando la duración de las ac vidades forma vas venga determinada en días, el
Tribunal valorará 5 horas por día, de acuerdo con criterios de proporcionalidad y siempre que se
acrediten claramente los días concretos de celebración del curso.
CVE:
BOP-2022-6618
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
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