Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navaconcejo. (BOP-2022-6618)
BOP-2022-6618 Bases de convocatoria por las que se regirá el proceso selectivo para la cobertura de una plaza de Operario de Servicios Funerarios, personal laboral fijo discontinuo, en el marco de los procedimientos diferenciados extraordinarios de estabilización de empleo temporal.
17 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
AYUNTAMIENTO DE NAVACONCEJO
-CÁCERES-
exigidas.
Junto con la solicitud, los aspirantes deberán aportar fotocopia de los documentos
acredita vos de los méritos alegados. No será necesaria la compulsa de los documentos
que se presenten fotocopiados, bastando la declaración jurada del interesado sobre la
auten cidad de los mismos, así como de los datos que figuran en la solicitud, sin perjuicio
de que, en cualquier momento, el Tribunal calificador o los órganos competentes del
Ayuntamiento puedan requerir a los aspirantes que acrediten la veracidad
de las circunstancias y documentos aportados y que hayan sido objeto de valoración.
La fecha límite para la alegación de los méritos y la presentación de los documentos
rela vos a los mismos será la de finalización del plazo de presentación de solicitudes. En
ningún caso se valorarán méritos no alegados en la solicitud o no acreditados
documentalmente en plazo.
A efectos del cumplimiento de los establecido en el ar culo 5 de la Ley Orgánica 15/1999,
de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se informa a todos los
par cipantes que los datos contenidos en la solicitud serán objeto de tratamiento
automa zado por el Ayuntamiento de Navaconcejo para poder desarrollar el proceso selec vo,
siendo la cumplimentación de todos los datos exigidos en la solicitud obligatoria para poder ser
admi dos a las pruebas selec vas.
En lo no dispuesto en estas bases se estará a lo establecido en las bases generales por las
que se rigen los procesos selec vos del Ayuntamiento de Navaconcejo
La alegación y acreditación de los méritos se hará, junto con la solicitud y en el plazo de
presentación de las mismas, mediante Anexo II de Autovaloración de méritos, al que se adjuntará,
fotocopia de los documentos enumerados que sirvan de prueba para la jus ficación de cada uno de
los méritos.
El Anexo I podrá descargarse junto con la solicitud en la página web del Ayuntamiento h p://
www. navaconcejo.es.
No serán tenidos en cuenta los méritos que no queden alegados y acreditados en el plazo y forma
anteriormente mencionados, sin perjuicio de que el Tribunal pueda solicitar la ampliación de
documentación si considera que un mérito no se encuentra correctamente acreditado.
SEXTA. - Tribunal de selección.
6.1 De acuerdo con el art. 60 del Real Decreto Legisla vo 5/2015, el Tribunal encargado de
la selección estará integrado por los siguientes miembros:
- Un Presidente.
- Cuatro vocales.
- El Tribunal contará con un Secretario. El Secretario no tendrá voto.
6.2 Todos los miembros del Tribunal deberán poseer la tulación de igual nivel o superior a
CVE:
BOP-2022-6618
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
Pág. 34060