Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navaconcejo. (BOP-2022-6617)
BOP-2022-6617 Bases de convocatoria por las que se regirá el proceso selectivo para la cobertura de una plaza de Auxiliar Jardinería/poda, personal laboral fijo en el marco de los procedimientos diferenciados extraordinarios de estabilización de empleo temporal.
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AYUNTAMIENTO DE NAVACONCEJO
-CÁCERES-
A) VALORACIÓN MÉRITOS
1ª Parte: Valoración experiencia: 60 puntos máximo.
a) Servicios prestados en la plaza de AUXILIAR JARDINERÍA/PODA del Ayuntamiento de
Navaconcejo objeto de consolidación en la presente convocatoria, como personal laboral, a razón
de 6 puntos por cada año de servicio completo o fracción superior a seis meses, al tratarse de
procesos de estabilización de empleo temporal y consolidación de empleo temporal conforme a lo
previsto en la disposición Transitoria Cuarta del Real Decreto Legisla vo 5/2015, de 30 de octubre,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, hasta
el máximo de 60 puntos.
b) Servicios prestados en otras administraciones públicas, como funcionario/a interino/a,
laboral temporal, cualquiera que sea la modalidad del nombramiento interino/a/contratación
temporal o indefinido/a no fijo/a , con categoría de AUXILIAR JARDINERÍA/PODA o asimilada : a
razón de 3 puntos por cada año de servicio completo o fracción superior a seis meses, hasta el
máximo de 60 puntos.
La experiencia profesional se acreditará mediante cer ficado de servicios prestados emi do por la
administración correspondiente, indicando puesto de trabajo desempeñado y sus funciones, po
de contratación o nombramiento, periodo de empo acompañado de la vida laboral.
2ª Parte: Valoración formación: 40 puntos máximos.
a) Formación: Máximo de 40 puntos.
1. Formación: Se valorarán los cursos de formación, recibidos o impar dos, que hayan sido
convocados u homologados por el Ins tuto Nacional de Administración Pública, por
Administraciones Públicas u Organismos y Organizaciones dependientes de ellas, organizaciones
sindicales u otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación para el empleo
de las Administraciones Públicas, Universidades y colegios profesionales, cuyo contenido esté
directamente relacionado con las funciones propias del Cuerpo, Escala y Subescala o categorías
profesionales que se opta. Así mismo, se valorarán los cursos de formación recibidos , que hayan
sido convocados , impar dos u homologados por los Agentes anteriores, contenidos transversales y
complementarios que contribuyan al desarrollo personal y profesional de los/as empleados/as
públicos/as.
Son materias transversales a efectos forma vos los correspondientes a las siguientes áreas:
Prevención de riesgos laborales, violencia de género, igualdad e informá ca.
Sólo se valorará una única edición del curso o acción forma va cuando sean varias coincidentes
dentro del mismo año en cuanto a su contenido.
CVE:
BOP-2022-6617
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
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