Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montehermoso. (BOP-2022-6612)
BOP-2022-6612 Resolución de Alcaldía n.º 2022-0727 del Ayuntamiento de Montehermoso por la que se aprobaron las bases y la convocatoria para cubrir la plaza de Auxiliar Administrativo/a para este Ayuntamiento, mediante sistema de oposición libre.
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Ayuntamiento de Montehermoso
de lista en las Bolsas de Trabajo en que se encontrará la persona afectada.
— Ejercicio de cargo público representativo que imposibilite la asistencia al trabajo.
Esta bolsa de trabajo tendrá una vigencia máxima de dos años.
DÉCIMA. Incompatibilidades
Los aspirantes propuestos quedarán sujetos, en su caso, al cumplimiento de las prescripciones contenidas
en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades del Personal al Servicio de las
Administraciones Públicas, y demás normativa aplicable.
UNDÉCIMA. Incidencias
Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los
interesados recurso de reposición previo al contencioso-administrativo en el plazo de un mes ante la
Alcaldía, o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo correspondiente, a partir del día siguiente al de publicación del anuncio
correspondiente en el Boletín Oficial de la Provincia (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
En lo no previsto en las bases, será de aplicación la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes
para la reducción de la temporalidad en el empleo público, el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; la Ley 7/1985, de
2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; el texto refundido de las disposiciones legales
vigentes en materia de Régimen Local aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; el
Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración
General del Estado aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, con carácter supletorio y con
carácter orientativo la Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública sobre las orientaciones
para la puesta en marcha de los procesos de estabilización derivados de la Ley 20/2021, de 28 de
diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
Los sucesivos anuncios de esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases, se publicarán en el
Boletín Oficial de la Provincia. Asimismo, se publicarán en la sede electrónica del este Ayuntamiento
[http://ayuntamientodemontehermoso.sedelectronica.es]
Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso
de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente
anuncio, ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, o recurso
contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres o, a su elección, el que
corresponda a su domicilio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente
anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-
Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por
silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más
conveniente a su derecho.
Ayuntamiento de Montehermoso Pág.8 de 8
Cód.
Validación:
6MHFSZA7SWJHYEXZ7QJZSNK4J
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Verificación:
https://ayuntamientodemontehermoso.sedelectronica.es/
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plataforma
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de lista en las Bolsas de Trabajo en que se encontrará la persona afectada.
— Ejercicio de cargo público representativo que imposibilite la asistencia al trabajo.
Esta bolsa de trabajo tendrá una vigencia máxima de dos años.
DÉCIMA. Incompatibilidades
Los aspirantes propuestos quedarán sujetos, en su caso, al cumplimiento de las prescripciones contenidas
en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades del Personal al Servicio de las
Administraciones Públicas, y demás normativa aplicable.
UNDÉCIMA. Incidencias
Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los
interesados recurso de reposición previo al contencioso-administrativo en el plazo de un mes ante la
Alcaldía, o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo correspondiente, a partir del día siguiente al de publicación del anuncio
correspondiente en el Boletín Oficial de la Provincia (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
En lo no previsto en las bases, será de aplicación la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes
para la reducción de la temporalidad en el empleo público, el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; la Ley 7/1985, de
2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; el texto refundido de las disposiciones legales
vigentes en materia de Régimen Local aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; el
Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración
General del Estado aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, con carácter supletorio y con
carácter orientativo la Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública sobre las orientaciones
para la puesta en marcha de los procesos de estabilización derivados de la Ley 20/2021, de 28 de
diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
Los sucesivos anuncios de esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases, se publicarán en el
Boletín Oficial de la Provincia. Asimismo, se publicarán en la sede electrónica del este Ayuntamiento
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Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso
de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente
anuncio, ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, o recurso
contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres o, a su elección, el que
corresponda a su domicilio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente
anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-
Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por
silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más
conveniente a su derecho.
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