Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montehermoso. (BOP-2022-6612)
BOP-2022-6612 Resolución de Alcaldía n.º 2022-0727 del Ayuntamiento de Montehermoso por la que se aprobaron las bases y la convocatoria para cubrir la plaza de Auxiliar Administrativo/a para este Ayuntamiento, mediante sistema de oposición libre.
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Montehermoso
6.3.2. MÉRITOS ACADÉMICOS: HASTA UN MÁXIMO DEL 40%:
A)Titulación hasta un máximo de 25 puntos.
Por estar en posesión de titulación de nivel superior a la mínima exigida como requisito de ingreso en la
Base segunda.
No se valorarán los títulos académicos imprescindibles para la obtención de otros de nivel superior,
siendo valorado en estos caso únicamente el título de nivel superior.
Los méritos por títulos académicos se acreditarán mediante la presentación de la copia de la titulación
correspondiente. A efectos de equivalencia de titulación, sólo se admitirán las establecidas por el
Ministerio que tenga las competencias correspondientes.
B)Cursos de formación y perfeccionamiento hasta un máximo de 12 puntos.
Se tendrán en cuenta exclusivamente los cursos de formación y perfeccionamiento, con una antigüedad no
superior a ocho años, directamente relacionados con las funciones a desempeñar establecidas en el
artículo 169 del Real Decreto 781/986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las
disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local y en concreto, relacionados con las áreas que
se indican a continuación:
Archivo.
Procedimiento Administrativo.
Atención al ciudadano.
Gestión Presupuestaria y Económica.
Secretariado.
Gestión de Personal.
Ofimática.
Para la valoración de los mismos, deberán haber sido impartidos, organizados o avalados por:
- Administraciones Públicas.
- Centros de formación u organizaciones sindicales en cuanto a cursos desarrollados en ejecución de un
plan de formación continua de las Administraciones Públicas.
- Centros oficiales reconocidos por el Ministerio de Educación y Formación Profesional así como los
impartidos por organismos e instituciones oficiales dependientes de las Administraciones Públicas y
cualquier otro financiado con fondos públicos.
En relación a los cursos de contenido informático, solo se valorarán los que versen sobre los programas
Word, Excel, Access, Outlook y del paquete de oficina Microsoft Office.
Así mismo se valorarán los cursos en materia de prevención de riesgos laborales e igualdad de género.
Serán acreditados por los aspirantes con la presentación de copia de la certificación, título o diploma
correspondiente. En los mismos deberán quedar reflejados las horas, los programas desarrollados y las
materias sobre las que versaron. No se valorarán aquellos títulos expresados en créditos en los que no
figure su equivalencia en horas.
C)Conocimiento de idiomas hasta un máximo de 3 puntos:
Acreditado mediante certificado oficial expedido por la Escuela Oficial de Idiomas, el Instituto de Lenguas
Modernas u otro organismo oficial reconocido
6.3.3. VALORACIÓN DE LOS MÉRITOS
Ayuntamiento de Montehermoso Pág.5 de 8
Cód.
Validación:
6MHFSZA7SWJHYEXZ7QJZSNK4J
|
Verificación:
https://ayuntamientodemontehermoso.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
5
de
8
CVE:
BOP-2022-6612
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
Pág. 33989
6.3.2. MÉRITOS ACADÉMICOS: HASTA UN MÁXIMO DEL 40%:
A)Titulación hasta un máximo de 25 puntos.
Por estar en posesión de titulación de nivel superior a la mínima exigida como requisito de ingreso en la
Base segunda.
No se valorarán los títulos académicos imprescindibles para la obtención de otros de nivel superior,
siendo valorado en estos caso únicamente el título de nivel superior.
Los méritos por títulos académicos se acreditarán mediante la presentación de la copia de la titulación
correspondiente. A efectos de equivalencia de titulación, sólo se admitirán las establecidas por el
Ministerio que tenga las competencias correspondientes.
B)Cursos de formación y perfeccionamiento hasta un máximo de 12 puntos.
Se tendrán en cuenta exclusivamente los cursos de formación y perfeccionamiento, con una antigüedad no
superior a ocho años, directamente relacionados con las funciones a desempeñar establecidas en el
artículo 169 del Real Decreto 781/986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las
disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local y en concreto, relacionados con las áreas que
se indican a continuación:
Archivo.
Procedimiento Administrativo.
Atención al ciudadano.
Gestión Presupuestaria y Económica.
Secretariado.
Gestión de Personal.
Ofimática.
Para la valoración de los mismos, deberán haber sido impartidos, organizados o avalados por:
- Administraciones Públicas.
- Centros de formación u organizaciones sindicales en cuanto a cursos desarrollados en ejecución de un
plan de formación continua de las Administraciones Públicas.
- Centros oficiales reconocidos por el Ministerio de Educación y Formación Profesional así como los
impartidos por organismos e instituciones oficiales dependientes de las Administraciones Públicas y
cualquier otro financiado con fondos públicos.
En relación a los cursos de contenido informático, solo se valorarán los que versen sobre los programas
Word, Excel, Access, Outlook y del paquete de oficina Microsoft Office.
Así mismo se valorarán los cursos en materia de prevención de riesgos laborales e igualdad de género.
Serán acreditados por los aspirantes con la presentación de copia de la certificación, título o diploma
correspondiente. En los mismos deberán quedar reflejados las horas, los programas desarrollados y las
materias sobre las que versaron. No se valorarán aquellos títulos expresados en créditos en los que no
figure su equivalencia en horas.
C)Conocimiento de idiomas hasta un máximo de 3 puntos:
Acreditado mediante certificado oficial expedido por la Escuela Oficial de Idiomas, el Instituto de Lenguas
Modernas u otro organismo oficial reconocido
6.3.3. VALORACIÓN DE LOS MÉRITOS
Ayuntamiento de Montehermoso Pág.5 de 8
Cód.
Validación:
6MHFSZA7SWJHYEXZ7QJZSNK4J
|
Verificación:
https://ayuntamientodemontehermoso.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
5
de
8
CVE:
BOP-2022-6612
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
Pág. 33989