Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Cumbre. (BOP-2022-6584)
BOP-2022-6584 Convocatoria y bases para la provisión, por el turno de estabilización de la ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, mediante el sistema de concurso, de una plaza de personal laboral.
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Entre 100 y 200 horas: 6,5 puntos
Más de 200 horas: 8 puntos.
Los cursos de formación se acreditarán mediante certificado o diploma debidamente
compulsado, con indicación del número de horas lectivas o de créditos equivalentes.
En el supuesto de empate entre dos o más aspirantes, este se deshará conforme al
siguiente orden:
1º Mayor puntuación obtenida en el apartado “Experiencia profesional”
2º Mayor puntuación obtenida en el apartado “Formación”
3º Orden alfabético de actuación de las personas aspirantes atendiendo a la
letra por la que se determine cada año en los ejercicios o pruebas de los
procesos selectivos de ingreso que se convoquen por la Administración de la
Junta de Comunidades de Extremadura.
SÉPTIMA. LEGISLACIÓN APLICABLE.
En todo aquello no contemplado en estas bases, se regirá por lo establecido en las Bases
Generales por las que se regirán los procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento
de La Cumbre para plazas derivadas de procesos de ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO,
aprobadas por Resolución de Alcaldía (DECRETO 2022-0251), de fecha 20 de
diciembre de 2.022 y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres y sede
electrónica del Ayuntamiento de La Cumbre: https://lacumbre.sedelectronica.es
Cód.
Validación:
4Z5DDTM2A5KJ7J3CT97NM9JDE
|
Verificación:
https://lacumbre.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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17
CVE:
BOP-2022-6584
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
Pág. 33619
Más de 200 horas: 8 puntos.
Los cursos de formación se acreditarán mediante certificado o diploma debidamente
compulsado, con indicación del número de horas lectivas o de créditos equivalentes.
En el supuesto de empate entre dos o más aspirantes, este se deshará conforme al
siguiente orden:
1º Mayor puntuación obtenida en el apartado “Experiencia profesional”
2º Mayor puntuación obtenida en el apartado “Formación”
3º Orden alfabético de actuación de las personas aspirantes atendiendo a la
letra por la que se determine cada año en los ejercicios o pruebas de los
procesos selectivos de ingreso que se convoquen por la Administración de la
Junta de Comunidades de Extremadura.
SÉPTIMA. LEGISLACIÓN APLICABLE.
En todo aquello no contemplado en estas bases, se regirá por lo establecido en las Bases
Generales por las que se regirán los procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento
de La Cumbre para plazas derivadas de procesos de ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO,
aprobadas por Resolución de Alcaldía (DECRETO 2022-0251), de fecha 20 de
diciembre de 2.022 y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres y sede
electrónica del Ayuntamiento de La Cumbre: https://lacumbre.sedelectronica.es
Cód.
Validación:
4Z5DDTM2A5KJ7J3CT97NM9JDE
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Verificable
en:
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Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
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