Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Cumbre. (BOP-2022-6583)
BOP-2022-6583 Convocatoria y bases del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal.
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aspirantes.
b) Los servicios prestados en otras Administraciones Públicas se acreditarán
mediante certificado del órgano competente en materia de personal de la
Administración de que se trate. En dicho certificado se deberá hacer constar la
categoría, cuerpo, escala y/o especialidad de dichos servicios, el subgrupo o
grupo de clasificación profesional, la titulación exigida como requisito para el
ingreso en la misma, el régimen jurídico de la vinculación (personal laboral,
personal funcionario…), el tipo de vínculo (fijo, temporal, indefinido no fijo…),
y el periodo de prestación de servicios desempeñado, con indicación de la fecha
de inicio y final, en su caso, así como el régimen de jornada (completa, parcial -
en este caso se indicará su porcentaje-), con indicación del tiempo en el que se
haya permanecido en situaciones que no conlleven el desempeño efectivo de
prestación de servicios, así como las licencias sin retribución.
El órgano de selección hará pública la calificación de la fase de concurso en el tablón de
edictos del Ayuntamiento de La Cumbre y en la sede electrónica del Ayuntamiento de
La Cumbre. https://lacumbre.sedelectronica.es/
Los/las aspirantes dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del
siguiente al de la publicación de la calificación de la fase de concurso, para hacer
alegaciones.
Podrán acceder a la fase de concurso un número de aspirantes superior al de plazas
convocadas.
CALIFICACIÓN FASE DE CONCURSO:
Los méritos acreditados por los/las interesados/as, se valorarán hasta un máximo de 40
puntos, conforme a los siguientes criterios:
Experiencia profesional; se valorará hasta un máximo de 30 puntos, conforme a las
siguientes reglas:
Los servicios prestados como laboral temporal o personal funcionario
interino en el Ayuntamiento de La Cumbre, en puestos/plazas de iguales
funciones a la que se convoca, a razón de 1 punto por mes trabajado,
hasta un máximo de 30 puntos.
Los servicios prestados en otras Administraciones Públicas, en
puestos/plazas de iguales funciones a la que se convoca, a razón de 0,5
puntos por mes trabajado, hasta un máximo de 30 puntos.
No se tendrán en cuenta fracciones inferiores a un mes, entendiendo un mes por 30 días
naturales, y se reducirán proporcionalmente los servicios prestados a tiempo parcial.
Méritos académicos, se valorarán hasta un máximo de 10 puntos, conforme a las
siguientes reglas:
Se valorará con 2 puntos cada título de experto universitario
Cód.
Validación:
9TWF4E99AD3E7EFXTDYZEENC4
|
Verificación:
https://lacumbre.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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CVE:
BOP-2022-6583
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
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N.º 0248
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b) Los servicios prestados en otras Administraciones Públicas se acreditarán
mediante certificado del órgano competente en materia de personal de la
Administración de que se trate. En dicho certificado se deberá hacer constar la
categoría, cuerpo, escala y/o especialidad de dichos servicios, el subgrupo o
grupo de clasificación profesional, la titulación exigida como requisito para el
ingreso en la misma, el régimen jurídico de la vinculación (personal laboral,
personal funcionario…), el tipo de vínculo (fijo, temporal, indefinido no fijo…),
y el periodo de prestación de servicios desempeñado, con indicación de la fecha
de inicio y final, en su caso, así como el régimen de jornada (completa, parcial -
en este caso se indicará su porcentaje-), con indicación del tiempo en el que se
haya permanecido en situaciones que no conlleven el desempeño efectivo de
prestación de servicios, así como las licencias sin retribución.
El órgano de selección hará pública la calificación de la fase de concurso en el tablón de
edictos del Ayuntamiento de La Cumbre y en la sede electrónica del Ayuntamiento de
La Cumbre. https://lacumbre.sedelectronica.es/
Los/las aspirantes dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del
siguiente al de la publicación de la calificación de la fase de concurso, para hacer
alegaciones.
Podrán acceder a la fase de concurso un número de aspirantes superior al de plazas
convocadas.
CALIFICACIÓN FASE DE CONCURSO:
Los méritos acreditados por los/las interesados/as, se valorarán hasta un máximo de 40
puntos, conforme a los siguientes criterios:
Experiencia profesional; se valorará hasta un máximo de 30 puntos, conforme a las
siguientes reglas:
Los servicios prestados como laboral temporal o personal funcionario
interino en el Ayuntamiento de La Cumbre, en puestos/plazas de iguales
funciones a la que se convoca, a razón de 1 punto por mes trabajado,
hasta un máximo de 30 puntos.
Los servicios prestados en otras Administraciones Públicas, en
puestos/plazas de iguales funciones a la que se convoca, a razón de 0,5
puntos por mes trabajado, hasta un máximo de 30 puntos.
No se tendrán en cuenta fracciones inferiores a un mes, entendiendo un mes por 30 días
naturales, y se reducirán proporcionalmente los servicios prestados a tiempo parcial.
Méritos académicos, se valorarán hasta un máximo de 10 puntos, conforme a las
siguientes reglas:
Se valorará con 2 puntos cada título de experto universitario
Cód.
Validación:
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Verificación:
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