Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Cumbre. (BOP-2022-6583)
BOP-2022-6583 Convocatoria y bases del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal.
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Resolución de Alcaldía (DECRETO 2022-0251), de fecha 20 de diciembre de 2.022 y
publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres y sede electrónica del
Ayuntamiento de La Cumbre: https://lacumbre.sedelectronica.es
TERCERA. REQUISITOS Y TITULACIÓN
Los aspirantes deberán de reunir los requisitos establecidos en la estipulación quinta de
las Bases Generales por las que se regirán los procesos selectivos que convoque el
Ayuntamiento de La Cumbre para plazas derivadas de procesos de ESTABILIZACIÓN
DE EMPLEO y estar en posesión del Título de Grado Universitario en Psicología, o en
condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de
instancias. En su caso, la equivalencia deberá ser aportada por el/la aspirante mediante
certificación expedida al efecto por la Administración competente en cada caso.
CUARTA. TASA DE LOS DERECHOS DE EXAMEN
No se exigen tasas de derechos de examen.
QUINTA. TRIBUNAL CALIFICADOR
La composición del Tribunal de Selección será la siguiente:
Cargo Identidad
Presidente Un funcionario público que posea una titulación igual o
superior a la requerida para la plaza a proveer y pertenecer
al mismo grupo o grupos superiores designado por la
Alcaldía y su correspondiente suplente.
Vocales Un funcionario público que posea una titulación igual o
superior a la requerida para la plaza a proveer y pertenecer
al mismo grupo o grupos superiores designado por la
Alcaldía y su correspondiente suplente.
Dos representantes/empleados públicos de la Diputación
de Cáceres y sus correspondientes suplentes.
Secretario El de la Corporación o funcionario en quien delegue y su
correspondiente suplente. Tendrá voz y voto.
Los Tribunales de selección serán designados por Resolución de la Alcaldía, en las que
se concretarán las personas integrantes de los Tribunales.
En ningún caso pueden formar parte de los órganos de selección:
 El personal que desempeñe cargos de elección o de designación política o los
haya desempeñado en los últimos dos años.
Cód.
Validación:
9TWF4E99AD3E7EFXTDYZEENC4
|
Verificación:
https://lacumbre.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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CVE:
BOP-2022-6583
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
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