Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casas de Miravete. (BOP-2022-6568)
BOP-2022-6568 Convocatoria y bases Encargado/a Centro de Interpretación Geocentro Monfragüe, proceso extraordinario de estabilización de empleo.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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CUARTA. Admisión de Aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución en el plazo
máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha
resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica de
este Ayuntamiento, se señalará un plazo de diez días hábiles para subsanación.
Transcurrido el plazo de subsanación, por la Alcaldía se aprobará la lista definitiva de
aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en la
sede electrónica de este Ayuntamiento. En la misma publicación se hará constar el día, hora y
lugar en que habrán de realizarse los sucesivos llamamientos y convocatorias, y en definitiva
cualquier decisión que adopte el Tribunal de selección y que deba conocer el personal
aspirante hasta la finalización de las pruebas selectivas o, en su caso, la fase de concurso, se
expondrán en los locales en donde se haya celebrado el ejercicio anterior o en los que se
señalen en el último anuncio y en la sede electrónica de este Ayuntamiento y en el Tablón de
Anuncios, bastando dicha exposición, en la fecha que se inicie, como notificación a todos los
efectos. El llamamiento para la sesión siguiente de un mismo ejercicio deberá realizarse con un
plazo mínimo de antelación de doce horas, mientras que la convocatoria para un ejercicio
distinto deberá respetar un plazo mínimo de cuarenta ocho horas. Ello, no obstante, y si así lo
estima conveniente, el Tribunal podrá disponer la celebración simultánea de varios ejercicios
en una misma sesión]. Igualmente, en la misma resolución, se hará constar la designación
nominal del Tribunal.
QUINTA. Tribunal Calificador.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 60 del texto refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre,
los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios
de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre
mujer y hombre.
El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal
eventual no podrán formar parte de los órganos de selección.
La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo
ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a su labor en el proceso selectivo de personal
asesor especialista, en aquellas pruebas que consideren necesario y/o para aquellos aspectos
concretos del proceso selectivo debido a la especialización técnica del trabajo a realizar.
CVE:
BOP-2022-6568
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
Pág. 33525
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución en el plazo
máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha
resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica de
este Ayuntamiento, se señalará un plazo de diez días hábiles para subsanación.
Transcurrido el plazo de subsanación, por la Alcaldía se aprobará la lista definitiva de
aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en la
sede electrónica de este Ayuntamiento. En la misma publicación se hará constar el día, hora y
lugar en que habrán de realizarse los sucesivos llamamientos y convocatorias, y en definitiva
cualquier decisión que adopte el Tribunal de selección y que deba conocer el personal
aspirante hasta la finalización de las pruebas selectivas o, en su caso, la fase de concurso, se
expondrán en los locales en donde se haya celebrado el ejercicio anterior o en los que se
señalen en el último anuncio y en la sede electrónica de este Ayuntamiento y en el Tablón de
Anuncios, bastando dicha exposición, en la fecha que se inicie, como notificación a todos los
efectos. El llamamiento para la sesión siguiente de un mismo ejercicio deberá realizarse con un
plazo mínimo de antelación de doce horas, mientras que la convocatoria para un ejercicio
distinto deberá respetar un plazo mínimo de cuarenta ocho horas. Ello, no obstante, y si así lo
estima conveniente, el Tribunal podrá disponer la celebración simultánea de varios ejercicios
en una misma sesión]. Igualmente, en la misma resolución, se hará constar la designación
nominal del Tribunal.
QUINTA. Tribunal Calificador.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 60 del texto refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre,
los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios
de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre
mujer y hombre.
El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal
eventual no podrán formar parte de los órganos de selección.
La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo
ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a su labor en el proceso selectivo de personal
asesor especialista, en aquellas pruebas que consideren necesario y/o para aquellos aspectos
concretos del proceso selectivo debido a la especialización técnica del trabajo a realizar.
CVE:
BOP-2022-6568
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
Pág. 33525