Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casas de Miravete. (BOP-2022-6567)
BOP-2022-6567 Convocatoria y bases Monitor/a Sociocultural proceso extraordinario de estabilización de empleo.
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En el supuesto de que se produzcan empates en las puntuaciones obtenidas por los
aspirantes, se tendrá en cuenta para dirimir el empate, en primer lugar, la puntuación obtenida
en el apartado 1. Por servicios prestados en el Ayuntamiento de Casas de Miravete, ocupando
el puesto de trabajo correspondiente a la plaza objeto de la convocatoria; en segundo lugar
atendiendo a la puntuación en el apartado 2 y de persistir el empate se tenderá a la puntuación
obtenida en los servicios prestados en cualquier Administración Pública”, si se mantuviese la
igualdad, se acudirá al apartado b) de Formación y de persistir el empate, se resolverá por
sorteo.
OCTAVA. Relación de personas aprobadas, Acreditación de Requisitos Exigidos y
Nombramiento.
Una vez terminada la calificación de las personas aspirantes, el Tribunal hará pública la
relación de aspirantes por orden de puntuación en el Tablón de Anuncios y en la sede
electrónica de este Ayuntamiento.
El aspirante propuesto acreditará ante la Administración, dentro del plazo de veinte días hábiles
desde que se publican en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica de este
Ayuntamiento los documentos justificativos de las condiciones de capacidad y requisitos
exigidos en la convocatoria.
Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la
documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos,
no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la
responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de
participación.
La Alcaldía deberá de nombrar al aspirante propuesto, en el plazo del mes siguiente a contar
desde la terminación de los veinte días anteriores y se procederá a la formalización del
correspondiente contrato de trabajo y la incorporación al puesto de trabajo dentro del plazo de
un mes, salvo que el interesado se encontrara en situación de excedencia forzosa, en la que
continuará hasta la finalización de esta, procediéndose entonces a la firma del contrato.
Podrá establecerse la superación del período de prueba que corresponda de acuerdo con la
normativa laboral, con lo que se culmina el proceso y el trabajador adquirirá la condición de
empleado público. Formalizado el contrato se deberá comunicar a la oficina pública de empleo
que corresponda, en el plazo de los diez días siguientes a su concertación; asimismo, se
deberá informar a la representación legal de los trabajadores, mediante entrega de una copia
básica de los contratos celebrados.
CVE:
BOP-2022-6567
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
Pág. 33518
aspirantes, se tendrá en cuenta para dirimir el empate, en primer lugar, la puntuación obtenida
en el apartado 1. Por servicios prestados en el Ayuntamiento de Casas de Miravete, ocupando
el puesto de trabajo correspondiente a la plaza objeto de la convocatoria; en segundo lugar
atendiendo a la puntuación en el apartado 2 y de persistir el empate se tenderá a la puntuación
obtenida en los servicios prestados en cualquier Administración Pública”, si se mantuviese la
igualdad, se acudirá al apartado b) de Formación y de persistir el empate, se resolverá por
sorteo.
OCTAVA. Relación de personas aprobadas, Acreditación de Requisitos Exigidos y
Nombramiento.
Una vez terminada la calificación de las personas aspirantes, el Tribunal hará pública la
relación de aspirantes por orden de puntuación en el Tablón de Anuncios y en la sede
electrónica de este Ayuntamiento.
El aspirante propuesto acreditará ante la Administración, dentro del plazo de veinte días hábiles
desde que se publican en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica de este
Ayuntamiento los documentos justificativos de las condiciones de capacidad y requisitos
exigidos en la convocatoria.
Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la
documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos,
no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la
responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de
participación.
La Alcaldía deberá de nombrar al aspirante propuesto, en el plazo del mes siguiente a contar
desde la terminación de los veinte días anteriores y se procederá a la formalización del
correspondiente contrato de trabajo y la incorporación al puesto de trabajo dentro del plazo de
un mes, salvo que el interesado se encontrara en situación de excedencia forzosa, en la que
continuará hasta la finalización de esta, procediéndose entonces a la firma del contrato.
Podrá establecerse la superación del período de prueba que corresponda de acuerdo con la
normativa laboral, con lo que se culmina el proceso y el trabajador adquirirá la condición de
empleado público. Formalizado el contrato se deberá comunicar a la oficina pública de empleo
que corresponda, en el plazo de los diez días siguientes a su concertación; asimismo, se
deberá informar a la representación legal de los trabajadores, mediante entrega de una copia
básica de los contratos celebrados.
CVE:
BOP-2022-6567
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
Pág. 33518