Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Bohonal de Ibor. (BOP-2022-6554)
BOP-2022-6554 Convocatoria para la provisión mediante Concurso de méritos de un total de 9 plazas de distinta categoría, en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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AYUNTAMIENTO DE BOHONAL DE IBOR. (CÁCERES)
Plaza España, 1 – 10320 – Teléfono: 927 57 40 06 – Fax. 927 57 42 10.
http://www.bohonaldeibor.es/ e-mail : ayuntamiento@bohonaldeibor.es
4.1.- El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles
contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la
convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
4.2.- Las solicitudes podrán presentarse en el Registro General del
Ayuntamiento de BOHONAL DE IBOR, así como en cualquiera de las
formas que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Si
la documentación se presenta a través de oficinas de Correos, la solicitud
deberá ir en sobre abierto y debidamente fechada y sellada por el personal de
Correos, antes de ser certificada junto con los documentos que se presenten.
4.3.- Finalizado el plazo de presentación de instancias, los datos consignados
en la solicitud serán vinculantes para la persona aspirante.
4.4.- El domicilio que figure en la solicitud se considerará el único válido a
efectos de notificaciones.
QUINTA.- Admisión de aspirantes.
5.1.- Terminado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde de la
Corporación dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de
admitidos/as, así como la de excluidos/as y las causas que han motivado la
exclusión. Dicha resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia
de Cáceres y en el tablón de anuncios, en la página web municipal y en el
tablón de anuncios de la sede electrónica
https://bohonaldeibor.sedelectronica.es/info.0 La identificación de los
interesados se realizará cumpliendo con las recomendaciones previstas en la
Orientación para la aplicación provisional de la Disposición Adicional
Séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
Datos de Carácter Personal y Garantía de los Derechos Digitales
(LOPDGDD) de la AEPD, hasta el momento en el que los órganos
competentes aprueben disposiciones para la aplicación de la mencionada
Disposición Adicional séptima. En la resolución se hará constar el plazo de
subsanación de defectos que, en los términos del artículo 68 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, se concede a los/as aspirantes excluidos/as.
Quienes dentro del plazo señalado no subsanen los defectos justificando su
29
Cód.
Validación:
397R3KDKN2MWLL6GFTAW6LCQK
|
Verificación:
https://bohonaldeibor.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
29
de
129
CVE:
BOP-2022-6554
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
Pág. 33233
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4.1.- El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles
contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la
convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
4.2.- Las solicitudes podrán presentarse en el Registro General del
Ayuntamiento de BOHONAL DE IBOR, así como en cualquiera de las
formas que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Si
la documentación se presenta a través de oficinas de Correos, la solicitud
deberá ir en sobre abierto y debidamente fechada y sellada por el personal de
Correos, antes de ser certificada junto con los documentos que se presenten.
4.3.- Finalizado el plazo de presentación de instancias, los datos consignados
en la solicitud serán vinculantes para la persona aspirante.
4.4.- El domicilio que figure en la solicitud se considerará el único válido a
efectos de notificaciones.
QUINTA.- Admisión de aspirantes.
5.1.- Terminado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde de la
Corporación dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de
admitidos/as, así como la de excluidos/as y las causas que han motivado la
exclusión. Dicha resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia
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Orientación para la aplicación provisional de la Disposición Adicional
Séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
Datos de Carácter Personal y Garantía de los Derechos Digitales
(LOPDGDD) de la AEPD, hasta el momento en el que los órganos
competentes aprueben disposiciones para la aplicación de la mencionada
Disposición Adicional séptima. En la resolución se hará constar el plazo de
subsanación de defectos que, en los términos del artículo 68 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, se concede a los/as aspirantes excluidos/as.
Quienes dentro del plazo señalado no subsanen los defectos justificando su
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