Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Bohonal de Ibor. (BOP-2022-6554)
BOP-2022-6554 Convocatoria para la provisión mediante Concurso de méritos de un total de 9 plazas de distinta categoría, en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.
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AYUNTAMIENTO DE BOHONAL DE IBOR. (CÁCERES)
Plaza España, 1 – 10320 – Teléfono: 927 57 40 06 – Fax. 927 57 42 10.
http://www.bohonaldeibor.es/ e-mail : ayuntamiento@bohonaldeibor.es
11.1.- Presentada la documentación por la persona interesada y siendo esta
conforme, el Alcalde de la Corporación decretará la contratación a favor de la
persona aspirante aprobada con mayor puntuación, como personal laboral fijo
en la plaza objeto de convocatoria.
11.2.- La contratación será notificada a la persona interesada, que deberá
formalizar el correspondiente contrato como personal laboral fijo en el plazo de
diez días hábiles a contar desde el siguiente a su recibo.
11.3.- Quien, sin causa justificada, no tome posesión en el plazo indicado,
perderá todos los derechos derivados de la superación de las pruebas selectivas
y del nombramiento conferido.
DUODÉCIMA. - Impugnación y revocación de la convocatoria.
12.1.- La presente convocatoria, así como los actos administrativos que se
deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal Calificador, podrán ser
impugnados en los casos y en las formas establecidos en la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
12.2.- El Sr. Alcalde, podrá modificar o dejar sin efecto la convocatoria
mediante la adopción del acuerdo correspondiente, que será publicado en la
forma prevista en la base siguiente.
En los demás supuestos, para la anulación o revisión de oficio de los acuerdos
aprobatorios de la convocatoria y sus bases se estará a lo previsto en los
artículos 106 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
12.3.- A este proceso selectivo le serán de aplicación, en lo no previsto en
estas bases, las disposiciones vigentes que a continuación se relacionan:
— Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción
de la temporalidad en el empleo público.
20
Cód.
Validación:
397R3KDKN2MWLL6GFTAW6LCQK
|
Verificación:
https://bohonaldeibor.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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BOP-2022-6554
Verificable
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Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
Pág. 33224
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11.1.- Presentada la documentación por la persona interesada y siendo esta
conforme, el Alcalde de la Corporación decretará la contratación a favor de la
persona aspirante aprobada con mayor puntuación, como personal laboral fijo
en la plaza objeto de convocatoria.
11.2.- La contratación será notificada a la persona interesada, que deberá
formalizar el correspondiente contrato como personal laboral fijo en el plazo de
diez días hábiles a contar desde el siguiente a su recibo.
11.3.- Quien, sin causa justificada, no tome posesión en el plazo indicado,
perderá todos los derechos derivados de la superación de las pruebas selectivas
y del nombramiento conferido.
DUODÉCIMA. - Impugnación y revocación de la convocatoria.
12.1.- La presente convocatoria, así como los actos administrativos que se
deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal Calificador, podrán ser
impugnados en los casos y en las formas establecidos en la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
12.2.- El Sr. Alcalde, podrá modificar o dejar sin efecto la convocatoria
mediante la adopción del acuerdo correspondiente, que será publicado en la
forma prevista en la base siguiente.
En los demás supuestos, para la anulación o revisión de oficio de los acuerdos
aprobatorios de la convocatoria y sus bases se estará a lo previsto en los
artículos 106 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
12.3.- A este proceso selectivo le serán de aplicación, en lo no previsto en
estas bases, las disposiciones vigentes que a continuación se relacionan:
— Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción
de la temporalidad en el empleo público.
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