Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Acebo. (BOP-2022-6544)
BOP-2022-6544 Bases reguladoras proceso selectivo.
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AYUNTAMIENTO DE ACEBO (CÁCERES)
Plaza Mayor Nº 1; Teléfono: 927141677; Fax: 927141764; NIF: P-1000300-B
e-mail: ayuntamientoacebo@gmail.com
1.3. En este proceso se tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres
y mujeres, por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la
Constitución Española, la Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de
mujeres y hombres, la Directiva 2006/54/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de
julio, de 2006, artículos 21 y 23 de la Carta de Derechos Fundamentales de la UE, de 7 de
diciembre, de 2000, vinculante desde la entrada en vigor de Tratado de Lisboa de 17 de
diciembre de 2007, en vigor desde el 1 de diciembre de 2009, el Real Decreto Legislativo
5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público, la Ley 13/2015, de 8 de abril, de la Función Pública de
Extremadura y lo previsto en el Acuerdo-Convenio por el que se aprueba el III Plan de
Igualdad entre mujeres y hombresen vigor desde el 1 de enero de 2014.
BASE SEGUNDA. Legislación aplicable.
2.1.La plaza citada corresponde al proceso extraordinario de estabilización y
consolidación de empleo temporal, que establece la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de
medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, de acuerdo con
lo establecido en su artículo 2, en correlación con la disposición adicional sexta que establece
que “Las Administraciones Públicas convocarán, con carácter excepcional y de acuerdo con lo previsto
en el artículo 61.6 y 7 del TREBEP, por el sistema de concurso, aquellas plazas que, reuniendo los
requisitos establecidos en el artículo 2.1, hubieran estado ocupadas con carácter temporal de forma
ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016.”
2.2.La convocatoria se regirá por lo previsto en las presentes Bases y en sus Anexos y
por lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local;
Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido
de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local; Real Decreto Legislativo
5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público; Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma
de la Función Pública; Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el
Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del
Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios
Civiles de las Administración General del Estado; Real Decreto 896/1991, de 7 de junio,
por el que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de
Administración Local; Ley 39/2015, de 1 de octubre, el Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas; Ley 40/2015, de 1 de octubre del Régimen Jurídico
del Sector Público.
CVE:
BOP-2022-6544
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
Pág. 33116
Plaza Mayor Nº 1; Teléfono: 927141677; Fax: 927141764; NIF: P-1000300-B
e-mail: ayuntamientoacebo@gmail.com
1.3. En este proceso se tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres
y mujeres, por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la
Constitución Española, la Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de
mujeres y hombres, la Directiva 2006/54/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de
julio, de 2006, artículos 21 y 23 de la Carta de Derechos Fundamentales de la UE, de 7 de
diciembre, de 2000, vinculante desde la entrada en vigor de Tratado de Lisboa de 17 de
diciembre de 2007, en vigor desde el 1 de diciembre de 2009, el Real Decreto Legislativo
5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público, la Ley 13/2015, de 8 de abril, de la Función Pública de
Extremadura y lo previsto en el Acuerdo-Convenio por el que se aprueba el III Plan de
Igualdad entre mujeres y hombresen vigor desde el 1 de enero de 2014.
BASE SEGUNDA. Legislación aplicable.
2.1.La plaza citada corresponde al proceso extraordinario de estabilización y
consolidación de empleo temporal, que establece la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de
medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, de acuerdo con
lo establecido en su artículo 2, en correlación con la disposición adicional sexta que establece
que “Las Administraciones Públicas convocarán, con carácter excepcional y de acuerdo con lo previsto
en el artículo 61.6 y 7 del TREBEP, por el sistema de concurso, aquellas plazas que, reuniendo los
requisitos establecidos en el artículo 2.1, hubieran estado ocupadas con carácter temporal de forma
ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016.”
2.2.La convocatoria se regirá por lo previsto en las presentes Bases y en sus Anexos y
por lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local;
Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido
de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local; Real Decreto Legislativo
5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público; Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma
de la Función Pública; Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el
Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del
Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios
Civiles de las Administración General del Estado; Real Decreto 896/1991, de 7 de junio,
por el que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de
Administración Local; Ley 39/2015, de 1 de octubre, el Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas; Ley 40/2015, de 1 de octubre del Régimen Jurídico
del Sector Público.
CVE:
BOP-2022-6544
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
Pág. 33116