Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valdefuentes. (BOP-2022-6537)
BOP-2022-6537 Bases Generales y Especificas y convocatoria para provisión de plazas derivadas de proceso de estabilización de empleo temporal.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Los/as aspirantes dispondrán de un plazo de 5 días hábiles a partir del día siguiente al de la
publicación para presentar las alegaciones que estimen oportunas. En el período de
alegaciones no se tendrá en cuenta la aportación de nuevos méritos no aportados, ni
documentación que estando en posesión del/a aspirante no la hubiera aportado en el plazo
otorgado para presentar la documentación de los méritos. El plazo de subsanación de defectos
y/o reclamaciones que se otorga queda referido exclusivamente respecto de la documentación
ya presentada.
Los posibles empates en la puntuación se resolverán a favor del/a candidato/a que hubiera
obtenido la mayor puntuación según la siguiente prelación: Mayor puntuación obtenida por
experiencia profesional en el puesto al que se opta en el Ayuntamiento de Valdefuentes; en
segundo lugar, mayor puntuación obtenida en la prueba de la fase de oposición y finalmente
por Orden alfabético de actuación de las personas aspirantes atendiendo a la letra por la que
se determine cada año en los ejercicios o pruebas de los procesos selectivos de ingreso que se
convoquen por la Administración de la Junta de Comunidades de Extremadura.
CONCURSO DE MERITOS.
En relación con las plazas cuyo sistema de selección sea el concurso de méritos, se aplicarán
los méritos anteriores con la cuantificación establecida en las bases específicas de cada plaza,
las que, además, podrán concretar algún mérito especifico de referido puesto de trabajo.
NOVENA. Acceso de personas con discapacidad.
Para estos procesos de estabilización de empleo, será de aplicación la normativa básica
reguladora del acceso de personas con discapacidad al empleo público.
DECIMA. Lista de aprobados/as.
La puntuación final será aquella obtenida de aplicar el porcentaje establecido para la fase de
oposición más el porcentaje establecido para la fase de concurso. El resultado de la suma de
ambas fases, una vez realizadas las ponderaciones en cada una de ellas, será la puntuación
final.
En el supuesto de puestos cuyo sistema de acceso sea exclusivamente el concurso de méritos
la puntuación final será la suma de los méritos alegados y valorados por el órgano de
selección.
Finalizado el proceso de selección, por la Alcaldía se dictará Resolución aprobando relación de
aprobados/as, por el orden de puntuación alcanzado, así como las notas parciales de todas y
CVE:
BOP-2022-6537
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 29 de diciembre de 2022
N.º 0247
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publicación para presentar las alegaciones que estimen oportunas. En el período de
alegaciones no se tendrá en cuenta la aportación de nuevos méritos no aportados, ni
documentación que estando en posesión del/a aspirante no la hubiera aportado en el plazo
otorgado para presentar la documentación de los méritos. El plazo de subsanación de defectos
y/o reclamaciones que se otorga queda referido exclusivamente respecto de la documentación
ya presentada.
Los posibles empates en la puntuación se resolverán a favor del/a candidato/a que hubiera
obtenido la mayor puntuación según la siguiente prelación: Mayor puntuación obtenida por
experiencia profesional en el puesto al que se opta en el Ayuntamiento de Valdefuentes; en
segundo lugar, mayor puntuación obtenida en la prueba de la fase de oposición y finalmente
por Orden alfabético de actuación de las personas aspirantes atendiendo a la letra por la que
se determine cada año en los ejercicios o pruebas de los procesos selectivos de ingreso que se
convoquen por la Administración de la Junta de Comunidades de Extremadura.
CONCURSO DE MERITOS.
En relación con las plazas cuyo sistema de selección sea el concurso de méritos, se aplicarán
los méritos anteriores con la cuantificación establecida en las bases específicas de cada plaza,
las que, además, podrán concretar algún mérito especifico de referido puesto de trabajo.
NOVENA. Acceso de personas con discapacidad.
Para estos procesos de estabilización de empleo, será de aplicación la normativa básica
reguladora del acceso de personas con discapacidad al empleo público.
DECIMA. Lista de aprobados/as.
La puntuación final será aquella obtenida de aplicar el porcentaje establecido para la fase de
oposición más el porcentaje establecido para la fase de concurso. El resultado de la suma de
ambas fases, una vez realizadas las ponderaciones en cada una de ellas, será la puntuación
final.
En el supuesto de puestos cuyo sistema de acceso sea exclusivamente el concurso de méritos
la puntuación final será la suma de los méritos alegados y valorados por el órgano de
selección.
Finalizado el proceso de selección, por la Alcaldía se dictará Resolución aprobando relación de
aprobados/as, por el orden de puntuación alcanzado, así como las notas parciales de todas y
CVE:
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Verificable
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