Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torrecillas de la Tiesa. (BOP-2022-6533)
BOP-2022-6533 Convocatoria provisión de una plaza de Auxiliar de Recaudación. Proceso especial de estabilización de empleo temporal.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento Torrecillas de la Tiesa (Cáceres)
b) Otros méritos: máximo de 2,50 puntos.
Por estar en posesión de titulación superior a la exigida para el ingreso: 2,50 puntos.
No se valorarán los títulos académicos imprescindibles para la obtención de otros de nivel
superior.
A efectos de equivalencia de titulación, sólo se admitirán las establecidas por el Ministerio
que tenga las competencias correspondientes.
Se valorarán aquellas titulaciones que hayan sido aprobadas mediante acuerdo de Consejo
de Ministros publicada en el Boletín Oficial del Estado e inscrita en el Registro de
Universidades, Centros y Títulos (RUCT). Se acreditarán mediante su certificado de
correspondencia. O bien en el Sistema Nacional de Cualificaciones y de Formación
Profesional (SNCFP), o en el Registro de Títulos no Universitarios del Ministerio que ostente
las competencias en educación, según corresponda a las plazas convocadas.
SÉPTIMA. Calificación. Relación de aprobados. Acreditación de requisitos exigidos y
nombramiento.
7.1. Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad
jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el órgano de selección deberá difundir,
con anterioridad a la realización de la prueba, los criterios de corrección, valoración y
superación de la misma, que no estén expresamente establecidos en las bases de esta
convocatoria.
En las actas del órgano calificador, deberá quedar constancia del desglose de las
puntuaciones otorgadas y el cálculo de las mismas.
7.2. El ejercicio será ponderado a 15 puntos, siendo preciso para superar el ejercicio obtener
una puntuación mínima de 5 puntos sobre el total de 15 de la fase de oposición.
7.3. Concluido el ejercicio de la Fase de Oposición, el Tribunal hará públicas la relación de
aspirantes presentados con indicación de la calificación obtenida, y los aspirantes
dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del siguiente al de la
publicación de la calificación provisional, para hacer reclamaciones.
Resueltas las reclamaciones, o transcurrido el plazo establecido sin que hubieran sido
presentadas, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes que hayan alcanzado el
mínimo establecido para superarlo, con indicación de la puntuación obtenida.
Los aspirantes que no figuren en la relación se considerarán excluidos.
7.4.- La Fase de Concurso no tendrá carácter eliminatorio. La no presentación en la
instancia de la relación de los méritos alegados en el plazo señalado para la
presentación de solicitudes supondrá la no valoración al aspirante de la Fase de
Ayuntamiento Torrecillas de la Tiesa
Plza. de la Constitución, 12. e-mail:secretaria@torrecillasdelatiesa.es, Torrecillas de la Tiesa. 10252 (Cáceres). Tfno.
927338025. Fax: 927338193
Cód.
Validación:
G9T4T52RZC4PQPK35NSRQZFSR
|
Verificación:
https://torrecillasdelatiesa.sedelectronica.es/
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electrónicamente
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plataforma
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N.º 0247
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b) Otros méritos: máximo de 2,50 puntos.
Por estar en posesión de titulación superior a la exigida para el ingreso: 2,50 puntos.
No se valorarán los títulos académicos imprescindibles para la obtención de otros de nivel
superior.
A efectos de equivalencia de titulación, sólo se admitirán las establecidas por el Ministerio
que tenga las competencias correspondientes.
Se valorarán aquellas titulaciones que hayan sido aprobadas mediante acuerdo de Consejo
de Ministros publicada en el Boletín Oficial del Estado e inscrita en el Registro de
Universidades, Centros y Títulos (RUCT). Se acreditarán mediante su certificado de
correspondencia. O bien en el Sistema Nacional de Cualificaciones y de Formación
Profesional (SNCFP), o en el Registro de Títulos no Universitarios del Ministerio que ostente
las competencias en educación, según corresponda a las plazas convocadas.
SÉPTIMA. Calificación. Relación de aprobados. Acreditación de requisitos exigidos y
nombramiento.
7.1. Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad
jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el órgano de selección deberá difundir,
con anterioridad a la realización de la prueba, los criterios de corrección, valoración y
superación de la misma, que no estén expresamente establecidos en las bases de esta
convocatoria.
En las actas del órgano calificador, deberá quedar constancia del desglose de las
puntuaciones otorgadas y el cálculo de las mismas.
7.2. El ejercicio será ponderado a 15 puntos, siendo preciso para superar el ejercicio obtener
una puntuación mínima de 5 puntos sobre el total de 15 de la fase de oposición.
7.3. Concluido el ejercicio de la Fase de Oposición, el Tribunal hará públicas la relación de
aspirantes presentados con indicación de la calificación obtenida, y los aspirantes
dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del siguiente al de la
publicación de la calificación provisional, para hacer reclamaciones.
Resueltas las reclamaciones, o transcurrido el plazo establecido sin que hubieran sido
presentadas, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes que hayan alcanzado el
mínimo establecido para superarlo, con indicación de la puntuación obtenida.
Los aspirantes que no figuren en la relación se considerarán excluidos.
7.4.- La Fase de Concurso no tendrá carácter eliminatorio. La no presentación en la
instancia de la relación de los méritos alegados en el plazo señalado para la
presentación de solicitudes supondrá la no valoración al aspirante de la Fase de
Ayuntamiento Torrecillas de la Tiesa
Plza. de la Constitución, 12. e-mail:secretaria@torrecillasdelatiesa.es, Torrecillas de la Tiesa. 10252 (Cáceres). Tfno.
927338025. Fax: 927338193
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Pág. 33007