Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Pueblonuevo de Miramontes. (BOP-2022-6531)
BOP-2022-6531 Reglamento de uso y funcionamiento de las instalaciones deportivas municipales: gimnasio y pista de pádel.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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No está permitido utilizar calzado de calle en los espacios deportivos. Se utilizará uno
de uso adecuado para la actividad deportiva practicada pudiendo ser demandado para
su comprobación por el encargado/a del gimnasio.
Artículo 10.- Horarios.
Los horarios de las actividades estarán siempre expuestos en el tablón de anuncios del
Gimnasio y por la aplicación móvil del ayuntamiento.
Artículo 11.- Funciones del personal.
El personal a cargo de la instalación del gimnasio tendrá las siguientes funciones:
Apertura y cierre de las instalaciones del gimnasio.
Cuidar que las actividades en el interior se realicen con normalidad.
Velar por el buen orden, limpieza y adecuado uso de las instalaciones.
Atender las sugerencias, quejas y reclamaciones que se formulen, transmitiéndoles en
todo caso a la Alcaldía.
Cuantas otras funciones resulten de esta ordenanza o le fueran encomendadas por la
Alcaldía o la Concejalía delegada del servicio o director de la instalación.
Artículo 12.- Sesiones.
Con carácter general la duración de las sesiones será de cuarenta y cinco minutos
aproximadamente.
El número de usuarios/as máximo inscritos por sesión, que está fijado en función de las
características de la instalación, será de 12 personas.
Artículo 13.- Responsabilidades.
Tanto el personal o gestor responsable del Polideportivo como el Ayuntamiento, no se harán
responsables de los accidentes y lesiones que se produzcan en el uso del gimnasio de
musculación, ni de las consecuencias económicas que pudieran derivarse de las mismas,
excepto los riesgos cubiertos por el seguro de responsabilidad civil suscrito por el
Ayuntamiento. Siendo responsabilidad de cada usuario el consultar previamente con el médico,
la conveniencia o no, de utilizar los aparatos que allí se ofrecen.
CVE:
BOP-2022-6531
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 29 de diciembre de 2022
N.º 0247
Pág. 32991
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No está permitido utilizar calzado de calle en los espacios deportivos. Se utilizará uno
de uso adecuado para la actividad deportiva practicada pudiendo ser demandado para
su comprobación por el encargado/a del gimnasio.
Artículo 10.- Horarios.
Los horarios de las actividades estarán siempre expuestos en el tablón de anuncios del
Gimnasio y por la aplicación móvil del ayuntamiento.
Artículo 11.- Funciones del personal.
El personal a cargo de la instalación del gimnasio tendrá las siguientes funciones:
Apertura y cierre de las instalaciones del gimnasio.
Cuidar que las actividades en el interior se realicen con normalidad.
Velar por el buen orden, limpieza y adecuado uso de las instalaciones.
Atender las sugerencias, quejas y reclamaciones que se formulen, transmitiéndoles en
todo caso a la Alcaldía.
Cuantas otras funciones resulten de esta ordenanza o le fueran encomendadas por la
Alcaldía o la Concejalía delegada del servicio o director de la instalación.
Artículo 12.- Sesiones.
Con carácter general la duración de las sesiones será de cuarenta y cinco minutos
aproximadamente.
El número de usuarios/as máximo inscritos por sesión, que está fijado en función de las
características de la instalación, será de 12 personas.
Artículo 13.- Responsabilidades.
Tanto el personal o gestor responsable del Polideportivo como el Ayuntamiento, no se harán
responsables de los accidentes y lesiones que se produzcan en el uso del gimnasio de
musculación, ni de las consecuencias económicas que pudieran derivarse de las mismas,
excepto los riesgos cubiertos por el seguro de responsabilidad civil suscrito por el
Ayuntamiento. Siendo responsabilidad de cada usuario el consultar previamente con el médico,
la conveniencia o no, de utilizar los aparatos que allí se ofrecen.
CVE:
BOP-2022-6531
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 29 de diciembre de 2022
N.º 0247
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