Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ibahernando. (BOP-2022-6516)
BOP-2022-6516 Convocatoria para la provisión de varias plazas, como personal laboral mediante concurso-oposición, incluidas en la oferta de empleo público extraordinaria de estabilización.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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7.5. Calificación de la fase de oposición: concluidas las pruebas de la fase de oposición, el
tribunal publicará en la Sede Electrónica del Ayuntamiento y en el BOP la relación de
aspirantes presentados, con indicación de la calificación provisional obtenida, y los aspirantes
dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del siguiente al de la
publicación de la calificación provisional, para presentar alegaciones y reclamaciones. Si no se
hubieran presentado alegaciones ni reclamaciones en dicho plazo, las calificaciones
provisionales de esta lista se entenderán automáticamente elevadas a definitivas, sin
necesidad de publicación conforme al párrafo siguiente.
Resueltas las alegaciones y reclamaciones, en su caso, el tribunal publicará en la Sede
Electrónica del Ayuntamiento y en el BOP la relación de aspirantes que hayan alcanzado el
mínimo establecido para superarlo, con indicación de la puntuación obtenida.
Los aspirantes que no figuren en la relación se considerarán excluidos.
OCTAVA.- FASE DE CONCURSO.
A continuación, se establecen los méritos que van a ser objeto de baremación, todos ellos
relacionados con la experiencia profesional y la formación relacionada con el puesto, teniendo
en cuenta que el objetivo de los procesos selectivos de carácter excepcional de estabilización
de empleo temporal de la Ley 20/2021 de 28 de diciembre, de conformidad con las
disposiciones adicionales 6.ª y 8.ª, es reducir la temporalidad de los empleados públicos con
una alta antigüedad, a fin de posibilitar su estabilización, de ahí que se considere crucial la
experiencia acumulada a lo largo de toda la trayectoria profesional en las Administraciones
Públicas y más en concreto en este Ayuntamiento de Ibahernando, siendo así que los méritos a
valorar se centren en la citada experiencia al haber sido ésta, la que al haberse prolongado en
el tiempo, ha dado lugar a este proceso excepcional, y todo ello en cumplimiento de la doctrina
del TJUE.
Solamente se procederá a puntuar la fase de concurso a aquellos aspirantes que hayan
superado la fase de oposición. A estos efectos, en el plazo de diez días hábiles, contados a
partir de la publicación de la relación de aprobados, estos deberán presentar en el registro del
Ayuntamiento los documentos acreditativos de los méritos, originales (para su compulsa) o
copia auténtica de los mismos.
Se valorarán, hasta un máximo de 40 puntos, los méritos debidamente relacionados y
acreditados por los aspirantes, de entre los siguientes:
8.1 Méritos profesionales, con una puntuación máxima de 30 puntos de acuerdo con la
siguiente valoración:
CVE:
BOP-2022-6516
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 29 de diciembre de 2022
N.º 0247
Pág. 32868
tribunal publicará en la Sede Electrónica del Ayuntamiento y en el BOP la relación de
aspirantes presentados, con indicación de la calificación provisional obtenida, y los aspirantes
dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del siguiente al de la
publicación de la calificación provisional, para presentar alegaciones y reclamaciones. Si no se
hubieran presentado alegaciones ni reclamaciones en dicho plazo, las calificaciones
provisionales de esta lista se entenderán automáticamente elevadas a definitivas, sin
necesidad de publicación conforme al párrafo siguiente.
Resueltas las alegaciones y reclamaciones, en su caso, el tribunal publicará en la Sede
Electrónica del Ayuntamiento y en el BOP la relación de aspirantes que hayan alcanzado el
mínimo establecido para superarlo, con indicación de la puntuación obtenida.
Los aspirantes que no figuren en la relación se considerarán excluidos.
OCTAVA.- FASE DE CONCURSO.
A continuación, se establecen los méritos que van a ser objeto de baremación, todos ellos
relacionados con la experiencia profesional y la formación relacionada con el puesto, teniendo
en cuenta que el objetivo de los procesos selectivos de carácter excepcional de estabilización
de empleo temporal de la Ley 20/2021 de 28 de diciembre, de conformidad con las
disposiciones adicionales 6.ª y 8.ª, es reducir la temporalidad de los empleados públicos con
una alta antigüedad, a fin de posibilitar su estabilización, de ahí que se considere crucial la
experiencia acumulada a lo largo de toda la trayectoria profesional en las Administraciones
Públicas y más en concreto en este Ayuntamiento de Ibahernando, siendo así que los méritos a
valorar se centren en la citada experiencia al haber sido ésta, la que al haberse prolongado en
el tiempo, ha dado lugar a este proceso excepcional, y todo ello en cumplimiento de la doctrina
del TJUE.
Solamente se procederá a puntuar la fase de concurso a aquellos aspirantes que hayan
superado la fase de oposición. A estos efectos, en el plazo de diez días hábiles, contados a
partir de la publicación de la relación de aprobados, estos deberán presentar en el registro del
Ayuntamiento los documentos acreditativos de los méritos, originales (para su compulsa) o
copia auténtica de los mismos.
Se valorarán, hasta un máximo de 40 puntos, los méritos debidamente relacionados y
acreditados por los aspirantes, de entre los siguientes:
8.1 Méritos profesionales, con una puntuación máxima de 30 puntos de acuerdo con la
siguiente valoración:
CVE:
BOP-2022-6516
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 29 de diciembre de 2022
N.º 0247
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