Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almaraz. (BOP-2022-6494)
BOP-2022-6494 Convocatoria y bases del proceso extraordinario de estabilización de empleo.
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AYUNTAMIENTO DE ALMARAZ
Plaza de España, s/n – C.P. 10350
Telfs.: 927 54 40 04/ 87 – Fax: 927 54 43 30
TERCERA. Instancias.
3.1.- Las solicitudes para tomar parte en estas pruebas selectivas se ajustarán al modelo
establecido, y que se incorpora como ANEXO I a las presentes Bases, no admitiéndose
otro tipo de modelo.
3.2.- La solicitud, debidamente cumplimentada, se dirigirá al Alcalde de la
Corporación (plaza de España, s/n, CP. 10350, Almaraz), y se deberá acompañar la
siguiente documentación:
• Fotocopia del DNI.
• Fotocopia de la titulación requerida.
• Documentación acreditativa de los méritos aportados tal y como establece la
base séptima.
• Informe de Vida Laboral.
3.3.- Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hayan hecho constar
en sus solicitudes, pudiendo demandar su modificación mediante escrito motivado,
dentro del plazo establecido en la base 4 para la presentación de solicitudes,
transcurrido el cual no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
3.4.- Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados en cualquier
momento, de oficio o a petición de la persona interesada.
El Tribunal Calificador del Ayuntamiento de Almaraz pueden requerir a los aspirantes
que acrediten la veracidad de las circunstancias y documentos aportados y que hayan sido
objeto de valoración. Se iniciará expediente de comprobación acerca del cumplimiento
de dichos requisitos por los/as aspirantes, con trámite de audiencia al interesado/a. El
órgano convocante resolverá deforma motivada lo que proceda.
También el tribunal podrá recabar de los/as interesados/as las aclaraciones o, en su caso,
la documentación complementaria que se estime necesaria para la comprobación de los
méritos alegados, pudiendo expulsar del proceso selectivo a aquellos que falseen o
modifiquen dicha documentación aportada. Todo ello sin menoscabo del cumplimiento
de la obligación de presentar la documentación acreditativa de los méritos dentro del
plazo de presentación de solicitudes.
Deberán relacionarse los méritos en las solicitudes de participación, adjuntando copias de
los mismos, sin que sea necesaria su compulsa. La fecha límite para la valoración de los
méritos será la de publicación de las convocatorias en el BOE. En ningún caso se
valorarán méritos no alegados en la solicitud o no acreditados documentalmente.
5
Cód.
Validación:
ARPA64FSXQ5DYJ92QE2Y7E9XM
|
Verificación:
https://almaraz.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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CVE:
BOP-2022-6494
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 29 de diciembre de 2022
N.º 0247
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