Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almaraz. (BOP-2022-6494)
BOP-2022-6494 Convocatoria y bases del proceso extraordinario de estabilización de empleo.
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AYUNTAMIENTO DE ALMARAZ
Plaza de España, s/n – C.P. 10350
Telfs.: 927 54 40 04/ 87 – Fax: 927 54 43 30
aprobada con mayor puntuación, como personal laboral fijo en la plaza objeto de
convocatoria.
11.2.- La contratación será notificada a la persona interesada, que deberá formalizar el
correspondiente contrato como personal laboral fijo en el plazo de diez días hábiles a
contar desde el siguiente a su recibo.
11.3.- Quien, sin causa justificada, no tome posesión en el plazo indicado, perderá todos
los derechos derivados de la superación de las pruebas selectivas y del nombramiento
conferido.
DUODECIMA. - Impugnación y revocación de la convocatoria.
12.1.- La presente convocatoria, así como los actos administrativos que se deriven de ella
y de las actuaciones del Tribunal Calificador, podrán ser impugnados en los casos y en
las formas establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
12.2.- El Sr. Alcalde, podrá modificar o dejar sin efecto la convocatoria mediante la
adopción del acuerdo correspondiente, que será publicado en la forma prevista en la base
siguiente.
En los demás supuestos, para la anulación o revisión de oficio de los acuerdos
aprobatorios de la convocatoria y sus bases se estará a lo previsto en los artículos 106 y
siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
12.3.- A este proceso selectivo le serán de aplicación, en lo no previsto en estas bases,
las disposiciones vigentes que a continuación se relacionan:
— Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la
temporalidad en el empleo público.
— Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
— Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la reforma de la Función Pública.
— Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
— Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto
refundido de disposiciones legales vigentes en materia de régimen local.
33
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Validación:
ARPA64FSXQ5DYJ92QE2Y7E9XM
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la
plataforma
esPublico
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aprobada con mayor puntuación, como personal laboral fijo en la plaza objeto de
convocatoria.
11.2.- La contratación será notificada a la persona interesada, que deberá formalizar el
correspondiente contrato como personal laboral fijo en el plazo de diez días hábiles a
contar desde el siguiente a su recibo.
11.3.- Quien, sin causa justificada, no tome posesión en el plazo indicado, perderá todos
los derechos derivados de la superación de las pruebas selectivas y del nombramiento
conferido.
DUODECIMA. - Impugnación y revocación de la convocatoria.
12.1.- La presente convocatoria, así como los actos administrativos que se deriven de ella
y de las actuaciones del Tribunal Calificador, podrán ser impugnados en los casos y en
las formas establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
12.2.- El Sr. Alcalde, podrá modificar o dejar sin efecto la convocatoria mediante la
adopción del acuerdo correspondiente, que será publicado en la forma prevista en la base
siguiente.
En los demás supuestos, para la anulación o revisión de oficio de los acuerdos
aprobatorios de la convocatoria y sus bases se estará a lo previsto en los artículos 106 y
siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
12.3.- A este proceso selectivo le serán de aplicación, en lo no previsto en estas bases,
las disposiciones vigentes que a continuación se relacionan:
— Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la
temporalidad en el empleo público.
— Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
— Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la reforma de la Función Pública.
— Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
— Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto
refundido de disposiciones legales vigentes en materia de régimen local.
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