Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almaraz. (BOP-2022-6494)
BOP-2022-6494 Convocatoria y bases del proceso extraordinario de estabilización de empleo.
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AYUNTAMIENTO DE ALMARAZ
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de la responsabilidad en la que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes
de participación.
DÉCIMA. - Bolsas de trabajo temporal.
Se prevé, para aquellas personas admitidas en el proceso selectivo y que no hayan
sido propuestas para su contratación, su inclusión en bolsas de personal laboral temporal
específicas, ordenados según la puntuación obtenida de mayor a menor.
Los llamamientos se realizarán respetando el orden de prelación que vendrá
determinado por la suma de la puntuación obtenida que se establezca en la convocatoria
de la bolsa correspondiente.
La renuncia inicial a una oferta de trabajo, o la renuncia durante la vigencia del
contrato, no darán lugar a la exclusión de la bolsa, pero ocasionará un cambio de lugar
del puesto, dentro de la misma, pasando a ocupar el último puesto como integrante de la
bolsa.
Son causas que justifican la renuncia a una oferta de trabajo y que implican el
mantenimiento dentro de la bolsa:
— Estar en situación de ocupado, prestando servicios en el Ayuntamiento como
personal contratado, en cualquiera de las formas admitidas en derecho, laboral o
funcionario interino.
— Estar en situación de Suspensión por accidente, baja por enfermedad,
intervención quirúrgica, internamiento hospitalario, maternidad, embarazo de alto riesgo
y situación de riesgo o necesidad acreditada por facultativo que exija la lactancia natural
de menores de nueve meses. La acreditación documentada de la finalización de tal
circunstancia dará lugar a la reposición en el mismo lugar del orden de lista en las Bolsas
de Trabajo en que se encontrará la persona afectada.
— Ejercicio de cargo público representativo que imposibilite la asistencia al
trabajo.
Esta bolsa de empleo tendrá una vigencia máxima de tres años a contar desde la
formalización de los contratos de los aspirantes seleccionados.
UNDÉCIMA. - Contratación.
11.1.- Presentada la documentación por la persona interesada y siendo esta conforme, el
Alcalde de la Corporación decretará la contratación a favor de la persona aspirante
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Cód.
Validación:
ARPA64FSXQ5DYJ92QE2Y7E9XM
|
Verificación:
https://almaraz.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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32
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CVE:
BOP-2022-6494
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 29 de diciembre de 2022
N.º 0247
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