Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Puerto de Santa Cruz. (BOP-2022-6469)
BOP-2022-6469 Convocatoria cobertura en propiedad de una plaza de Auxiliar Administrativo/a, mediante el sistema de concurso, por turno libre. Proceso extraordinario de estabilización del empleo temporal.
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Por último y en relación a lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 8/2011, de 23 de marzo de
Igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de género en Extremadura: “Los
poderes públicos de Extremadura incorporarán la evaluación del impacto de género en el
desarrollo de sus competencias, para garantizar la integración del principio de igualdad entre
hombres y mujeres”.
SEGUNDA. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.
Requisitos generales:
Para tomar parte en estas pruebas selectivas, será necesario reunir, en la fecha de expiración
del plazo señalado en la base tercera para la presentación de instancias, durante el desarrollo
del proceso selectivo y mantener hasta el momento de la toma de posesión, los siguientes
requisitos:
a. Tener nacionalidad española.
Los/as nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea podrán acceder, en igualdad
de condiciones que los/as españoles/as a los empleos públicos.
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el/la cónyuge de los/las
españoles/as y de los/as nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre
que no estén separados/as de derecho y sus descendientes y los/as de su cónyuge siempre
que no estén separados/as de derecho, sean menores de 21 años o mayores de dicha edad
dependientes.
El acceso al empleo público se extenderá igualmente a las personas incluidas en el ámbito de
aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por
España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa.
Estar en posesión del título de graduado en educación secundaria obligatoria, de
acuerdo con lo previsto en el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre, o titulación equivalente.
No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera
de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de
las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para
empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de
CVE:
BOP-2022-6469
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http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 28 de diciembre de 2022
N.º 0246
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