Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2022-6466)
BOP-2022-6466 Bases del proceso selectivo para cubrir 3 plazas del proceso de estabilizacion (concurso - oposición) al amparo de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.
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2.

agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación para el empleo de las
Administraciones Públicas, Universidades y colegios profesionales, cuyo contenido esté
directamente relacionado con las funciones propias del Cuerpo, Escala y Subescala o
categorías profesionales que se opta. Así mismo, se valorarán los cursos de formación
recibidos o impartidos, que hayan sido convocados, impartidos u homologados por los Agentes
anteriores, contenidos transversales y complementarios que contribuyan al desarrollo personal
y profesional de los empleados públicos.
Son materias transversales a efectos formativos los correspondientes a las siguientes áreas:
Prevención de riesgos laborales, violencia de género, igualdad e informática.
Sólo se valorará, ya sea por asistir o por impartir, una única edición del curso o acción
formativa cuando sean varias coincidentes dentro del mismo año en cuanto a su contenido.
La formación deberá ser acreditada en horas y/o créditos. No obstante, cuando la duración de
las actividades formativas venga determinada en días, el Tribunal valorará 5 horas por día, de
acuerdo con criterios de proporcionalidad y siempre que se acrediten claramente los días
concretos de celebración del curso.
La formación se acreditará mediante diplomas o certificados originales o copias de los mismos.
No se valorarán los pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, las prácticas,
colaboraciones o tutoría, y los diplomas relativos a jornadas, seminarios, simposios y similares.
Ello, no obstante, el órgano de selección se reserva el derecho de poder exigir al aspirante
cualquier documentación complementaria.La valoración se realizará de acuerdo con el
siguiente baremo:
Por asistir a cursos o actividades formativas:
Actividades formativas realizadas de menos de 10 horas y las que no
especifiquen el número de horas: 0,10 puntos por cada actividad formativa.
Se valorarán con 0,20 puntos cada crédito de cada uno de las demás actividades formativas
presentadas por los/as aspirantes, estableciéndose la equivalencia de 1 crédito con 10 horas.
Por impartir cursos o actividades formativas:
Actividades formativas de menos de10 horas y las que no especifiquen el número
de horas: 0,10 puntos por cada actividad formativa.
CVE:
BOP-2022-6466
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 28 de diciembre de 2022
N.º 0246
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