Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres. (BOP-2022-6438)
BOP-2022-6438 Convocatoria y Bases para la provisión de una plaza de Agente de Empleo y Desarrollo Local mediante concurso de méritos, en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal regulado por la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.
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4.2 Forma de presentación de las solicitudes: las solicitudes se podrán presentar de cualquiera de
las siguientes formas:
- Presencialmente, en las Oficinas de Registro del Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres.
- Por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Telemáticamente, a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres:
https://malpartidadecaceres.sedelectronica.es
4.3 Plazo de presentación: el plazo de presentación de las solicitudes será de diez días hábiles a
contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el “Boletín
Oficial del Estado”. En dicho extracto figurará la oportuna referencia al número y fecha del
Boletín Oficial de la Provincia en el que se hubiesen publicado íntegramente, con carácter
previo, las presentes bases. Si el último día de presentación de instancias fuera sábado o inhábil,
el plazo se entenderá automáticamente prorrogado al día hábil inmediatamente posterior a la
citada fecha.
4.4 Documentos que se debe adjuntar: para ser admitidos/as y, en su caso, tomar parte en el proceso
de selección, las personas aspirantes manifestarán en sus solicitudes de participación que reúnen
todas y cada una de las condiciones exigidas en la cláusula tercera, referidas siempre a la fecha
de expiración del plazo de presentación de instancias, debiendo ir acompañadas en su
presentación, por los siguientes documentos:
a) Fotocopia del documento nacional de identidad o, en su caso, del pasaporte o de cualquier
otro documento acreditativo de la nacionalidad. El documento que se presente habrá de
encontrarse en vigor.
b) Recibo de haber abonado la Tasa por Derechos de Examen. El cumplimiento de este
requisito deberá realizarse inexcusablemente dentro del plazo de presentación de
instancias, no siendo posible la subsanación, ni total ni parcial del mismo, fuera de dicho
plazo, admitiéndose exclusivamente en fase de subsanación, la acreditación de su
realización en el plazo indicado.
c) Fotocopia de la titulación exigida en estas bases o justificante de haber abonado la tasa
por los derechos para su expedición junto con el certificado acreditativo de haber
finalizado los estudios correspondientes. Si estos documentos fuesen expedidos con
posterioridad a la fecha en que finalizó el plazo de admisión de solicitudes, deberá
justificarse el momento en que concluyeron los estudios. En caso de titulaciones que
hayan sido obtenidas en el extranjero, deberá aportarse la credencial acreditativa de su
correspondiente homologación.
d) Acreditación de los méritos a valorar en el concurso, de conformidad con lo previsto en
estas bases.
e) Los aspirantes con discapacidad deberán aportar certificación expedida por los órganos
competentes del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, o, en su caso,
de la Comunidad Autónoma correspondiente, en la que se acredite la calificación de la
discapacidad, el grado de la misma, así como la compatibilidad para el desempeño de las
tareas y funciones correspondientes.
f) Aquellos otros que, en su caso, pudieran exigirse en estas bases.
4.5 Causa de exclusión: La no presentación de la instancia en tiempo y en la forma determinada en
los apartados precedentes será causa de exclusión del proceso selectivo.
CVE:
BOP-2022-6438
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 28 de diciembre de 2022
N.º 0246
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