Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hernán Pérez. (BOP-2022-6435)
BOP-2022-6435 Bases convocatoria para cubrir en propiedad, mediante concurso, dos plazas: Auxiliar administrativo/a y personal de limpieza, proceso extraordinario de estabilización empleo temporal.
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tendrá carácter vinculante. La resolución de adjudicación, junto con la lista de puntuaciones
definitivas, será publicada en el BOP y en la sede electrónica de Hernán – Pérez
http://hernanperez.sedelectronica.es
y el tablón de anuncios las puntuaciones provisionales obtenidas por las personas aspirantes.
La no presentación en la instancia de la relación de los méritos alegados en el plazo señalado
para la presentación de solicitudes, así como la documentación acreditativa, supondrá la no
valoración al aspirante de los mismos. Resueltas las alegaciones o transcurrido el plazo
establecido sin que hubieran sido presentadas, el Tribunal hará públicas en la página web de
Empleo Público las puntuaciones definitivas del Concurso.
NOVENA. Proceso selectivo y calificación.
9.1. El proceso selectivo tendrá una duración máxima hasta el 31 de diciembre de 2024 y una
vez finalizado, el Tribunal elevará al órgano convocante para su publicación en el Boletín Oficial
de la Provincia de Cáceres y en el Tablón de anuncios y bando móvil, y pagina web del
Ayuntamiento, la relación de aprobados/as, por el orden de puntuación alcanzado.
9.2. El acto que ponga fin al procedimiento selectivo deberá ser motivado. La motivación de los
actos del Tribunal dictados en virtud de discrecionalidad técnica en el desarrollo de su cometido
de valoración, estará referida al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de
la convocatoria y podrá ser objeto de la interposición de recurso de alzada ante el órgano que
nombró al Tribunal.
9.3. El Tribunal no podrá declarar que han superado el proceso un número superior de
aspirantes al de plazas convocadas.
No obstante lo anterior, siempre que el Tribunal haya propuesto el nombramiento de igual
número de aspirantes que el de plazas convocadas, y con el fin de asegurar la cobertura de las
mismas, cuando se produzcan renuncias de los/as aspirantes seleccionados/as o cuando de la
documentación aportada por los/as aspirantes se deduzca que no cumplen los requisitos
exigidos o por circunstancias sobrevenidas se deduzca la imposibilidad de incorporación de
alguno/a de los/as aspirantes, antes de su nombramiento o toma de posesión, el órgano
competente podrá requerir del Tribunal relación complementaria de los/as aspirantes que sigan
a los/as propuestos/as para su posible nombramiento como funcionarios/as de carrera.
9.4. Concluido el proceso selectivo, los/as aspirantes propuestos que lo hubieran superado
dispondrán de un plazo de veinte días hábiles para que acrediten en los términos indicados en
CVE:
BOP-2022-6435
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 28 de diciembre de 2022
N.º 0246
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definitivas, será publicada en el BOP y en la sede electrónica de Hernán – Pérez
http://hernanperez.sedelectronica.es
y el tablón de anuncios las puntuaciones provisionales obtenidas por las personas aspirantes.
La no presentación en la instancia de la relación de los méritos alegados en el plazo señalado
para la presentación de solicitudes, así como la documentación acreditativa, supondrá la no
valoración al aspirante de los mismos. Resueltas las alegaciones o transcurrido el plazo
establecido sin que hubieran sido presentadas, el Tribunal hará públicas en la página web de
Empleo Público las puntuaciones definitivas del Concurso.
NOVENA. Proceso selectivo y calificación.
9.1. El proceso selectivo tendrá una duración máxima hasta el 31 de diciembre de 2024 y una
vez finalizado, el Tribunal elevará al órgano convocante para su publicación en el Boletín Oficial
de la Provincia de Cáceres y en el Tablón de anuncios y bando móvil, y pagina web del
Ayuntamiento, la relación de aprobados/as, por el orden de puntuación alcanzado.
9.2. El acto que ponga fin al procedimiento selectivo deberá ser motivado. La motivación de los
actos del Tribunal dictados en virtud de discrecionalidad técnica en el desarrollo de su cometido
de valoración, estará referida al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de
la convocatoria y podrá ser objeto de la interposición de recurso de alzada ante el órgano que
nombró al Tribunal.
9.3. El Tribunal no podrá declarar que han superado el proceso un número superior de
aspirantes al de plazas convocadas.
No obstante lo anterior, siempre que el Tribunal haya propuesto el nombramiento de igual
número de aspirantes que el de plazas convocadas, y con el fin de asegurar la cobertura de las
mismas, cuando se produzcan renuncias de los/as aspirantes seleccionados/as o cuando de la
documentación aportada por los/as aspirantes se deduzca que no cumplen los requisitos
exigidos o por circunstancias sobrevenidas se deduzca la imposibilidad de incorporación de
alguno/a de los/as aspirantes, antes de su nombramiento o toma de posesión, el órgano
competente podrá requerir del Tribunal relación complementaria de los/as aspirantes que sigan
a los/as propuestos/as para su posible nombramiento como funcionarios/as de carrera.
9.4. Concluido el proceso selectivo, los/as aspirantes propuestos que lo hubieran superado
dispondrán de un plazo de veinte días hábiles para que acrediten en los términos indicados en
CVE:
BOP-2022-6435
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 28 de diciembre de 2022
N.º 0246
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