Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Guadalupe. (BOP-2022-6434)
BOP-2022-6434 Bases específicas para la provisión de una plaza de Auxiliar Administrativo/a, como personal laboral fijo, mediante concurso - oposición.
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Se valorarán los cursos de formación, recibidos o impartidos, que hayan sido convocados,
impartidos u homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública, por
Administraciones Públicas u Organismos y Organizaciones dependientes de ellas, o por
organizaciones sindicales u otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de
Formación para el empleo de las Administraciones Públicas, Universidades y colegios
profesionales, cuyo contenido esté directamente relacionado con las funciones propias del
cuerpo, escala y subescala o categoría profesional a la que se opta. Asimismo, se valorarán
los cursos de formación, recibidos o impartidos, que hayan sido convocados, impartidos u
homologados por los agentes anteriores, concontenidos transversales y complementarios que
contribuyan al desarrollo personal y profesional de los empleados públicos.
Sólo se valorará, ya sea por asistir o por impartir, una única edición del curso o acción
formativa cuando sean varias coincidentes dentro del mismo año en cuanto a su contenido.
La formación se acreditará mediante diplomas o certificados originales o copia de los mismos
en horas y/o créditos. No obstante, cuando la duración de las actividadesformativas venga
determinada en días, el Tribunal valorará 5 horas por día, de acuerdo con criterios de
proporcionalidad y siempre que se acrediten claramente los días concretos de celebración del
curso. En caso de que en las acreditaciones de las actividades formativas aportadas figuren
tanto las horas de formación como los créditos,se tendrán en cuenta éstos últimos para su
valoración, siempre y cuando dichas actividades formativas tengan diez o más horas de
duración. No se valorarán los pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, las
prácticas, colaboracioneso tutorías, y los diplomas relativos a jornadas, seminarios, simposios
y similares.
Ello, no obstante, el órgano de selección se reserva el derecho de poder exigir al aspirante
cualquier documentación complementaria.
La valoración se realizará de acuerdo con el siguiente baremo:
Por asistir a cursos o actividades formativas (Máximo de 1,5 punto):
-Actividades formativas realizadas de menos de 10 horas: 0,10 puntos por cada
actividadformativa.
-Se valorarán con 0,20 puntos cada crédito de cada uno de las demás actividades
formativas presentadas por los/as aspirantes, estableciéndose la equivalencia de 1 crédito
con 10 horas.
-Aquellas actividades formativas que no especifiquen número de horas se valorarán
con 0,10 puntos.
Por impartir cursos o actividades formativas: Máximo 0,50 puntos:
Actividades formativas de menos de 10 horas: 0,10 puntos por cada actividad
formativa.Se valorarán con 0,20 puntos cada crédito de cada uno de las demás actividades
CVE:
BOP-2022-6434
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 28 de diciembre de 2022
N.º 0246
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