Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cañaveral. (BOP-2022-6428)
BOP-2022-6428 Convocatoria y proceso de estabilización, para la provisión en propiedad/fijo varias plazas de personal funcionario/laboral, mediante concurso Disposición adicional 6ª ley 20/2021.
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aspirantes por orden de puntuación en la sede electrónica de este Ayuntamiento y en el Tablón
de Anuncios, proponiendo para nombramiento al/a aspirante con mayor puntuación.
El/a aspirante propuesto/a acreditará ante la Administración, dentro del plazo de veinte días
hábiles desde que se publican, los documentos justificativos de las condiciones de capacidad y
requisitos exigidos en la convocatoria.
Quien dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentase la
documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos,
no podrá ser nombrado, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la
responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de
participación.
La Alcaldía deberá:
En las plazas Funcionariales: Nombrar funcionario/a al/a aspirante propuesto/a, en el plazo de
1 mes a contar desde la terminación de los veinte días anteriores.
En las plazas Laborales: Se procederá a la formalización del correspondiente contrato de
trabajo y la incorporación al puesto de trabajo dentro del plazo de un mes como personal fijo de
plantilla.
Los nombramientos mencionados se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia y en la
sede electrónica de este Ayuntamiento y en el Tablón de Anuncios.
Una vez publicados los nombramientos el personal afectado, deberá tomar posesión o
incorporarse en el plazo de un mes.
NOVENA. Incompatibilidades.
Los aspirantes propuestos quedarán sujetos, en su caso, al cumplimiento de las prescripciones
contenidas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades del Personal al
Servicio de las Administraciones Públicas, y demás normativa aplicable.
UNDÉCIMA. Incidencias.
Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido
en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por
CVE:
BOP-2022-6428
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 28 de diciembre de 2022
N.º 0246
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