Sección I - Administración Local. Provincia. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de Cáceres. (BOP-2022-6407)
BOP-2022-6407 Convocatoria Auxiliar Operador/a de Sistemas del OARGT.
20 páginas totales
Página
apartado del baremo el número total de días y se dividirá entre 30, de tal manera que lo que se valorará
en cada punto será el cociente entero, despreciándose los decimales.
Los servicios prestados durante el período en el que se disfrute de una reducción de jornada por
alguna de las causas legalmente previstas, serán valorados como servicios prestados en régimen de
jornada completa.
Los servicios prestados por el personal específicamente nombrado a tiempo parcial serán valorados
con la consiguiente reducción.
Los períodos de permiso sin sueldo, así como la permanencia en situación de servicios especiales se
valorarán como tiempo de servicios efectivamente prestados en la categoría a los efectos de este baremo.
b) Otros méritos (15 puntos máximos)
b.1) Formación (15 puntos máximos)).
Se valorarán los cursos de formación, recibidos o impartidos, que hayan sido convocados,
impartidos u homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública, por Administraciones
Públicas u Organismos y Organizaciones dependientes de ellas, o por organizaciones sindicales u otros
agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación para el empleo de las Administraciones
Públicas, Universidades y colegios profesionales, cuyo contenido esté directamente relacionado con las
funciones propias del cuerpo, escala y subescala o categoría profesional a la que se opta. Asimismo, se
valorarán los cursos de formación, recibidos o impartidos, que hayan sido convocados, impartidos u
homologados por los agentes anteriores, con contenidos transversales y complementarios que
contribuyan al desarrollo personal y profesional de los empleados públicos.
Serán valorados los cursos de formación impartidos por la Diputación Provincial de Cáceres y por el
Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria, para los que el empleado/a haya sido
autorizado/a a su asistencia, cualquiera que sea su contenido, que serán certificados de oficio por el
Departamento de Formación de la Diputación de Cáceres.
Sólo se valorará, ya sea por asistir o por impartir, una única edición del curso o acción formativa
cuando sean varias coincidentes dentro del mismo año en cuanto a su contenido.
La formación se acreditará mediante diplomas o certificados originales o copia de los mismos en
horas y/o créditos. No obstante, cuando la duración de las actividades formativas venga determinada en
días, el Tribunal valorará 5 horas por día, de acuerdo con criterios de proporcionalidad y siempre que se
acrediten claramente los días concretos de celebración del curso. En caso de que en las acreditaciones de
las actividades formativas aportadas figuren tanto las horas de formación como los créditos, se tendrán
en cuenta éstos últimos para su valoración, siempre y cuando dichas actividades formativas tengan diez o
más horas de duración.
No se valorarán los pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, las prácticas,
colaboraciones o tutorías, y los diplomas relativos a jornadas, seminarios, simposios y similares.
CVE:
BOP-2022-6407
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 28 de diciembre de 2022
N.º 0246
Pág. 30798