Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Talaván. (BOP-2022-6393)
BOP-2022-6393 Convocatoria de plaza de Auxiliar Administrativo/a, proceso de Estabilización Empleo Temporal.
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Ayuntamiento de Talaván
Plaza de los Herradores, 1, Talaván. 10193 (Cáceres). Tfno. 927285002. Fax:
[Las personas que no superen el proceso selectivo, se incluirán en bolsas de personal funcionario interino o de
personal laboral temporal específicas o ya existentes].
Los aspirantes propuestos acreditarán ante la Administración, dentro del plazo de veinte días hábiles desde que
se publican en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica de este Ayuntamiento
[http://talavan.sedelectronica.es] [y, en su caso, en el Tablón de Anuncios, para mayor difusión], los
documentos justificativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria (Anexo II).
[Como medida apropiada de agilización en virtud de lo previsto en la Disposición adicional cuarta de la Ley
20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público;
conforme al artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, las Administraciones Públicas no requerirán a los
interesados datos o documentos no exigidos por la normativa reguladora aplicable o que hayan sido aportados
anteriormente por el interesado a cualquier Administración. A estos efectos, el interesado deberá indicar en qué
momento y ante que órgano administrativo presentó los citados documentos, debiendo las Administraciones
Públicas recabarlos electrónicamente a través de sus redes corporativas o de una consulta a las plataformas de
intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto. Se presumirá que esta consulta es
autorizada por los interesados, salvo que conste en el procedimiento su oposición expresa o la ley especial
aplicable requiera consentimiento expreso.
Excepcionalmente, si las Administraciones Públicas no pudieran recabar los citados documentos, podrán
solicitar nuevamente al interesado su aportación].
Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la
misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, quedando
anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad
en sus solicitudes de participación.
En el caso de personal laboral, se procederá a la formalización del correspondiente contrato de trabajo y la
incorporación al puesto de trabajo dentro del plazo que se establezca. Podrá establecerse la superación del
período de prueba que corresponda de acuerdo con la normativa laboral, con lo que se culmina el proceso y el
trabajador adquirirá la condición de empleado público.
Formalizado el contrato se deberá comunicar a la oficina pública de empleo que corresponda, en el plazo de los
diez días siguientes a su concertación; asimismo, se deberá informar a la representación legal de los trabajadores,
mediante entrega de una copia básica de los contratos celebrados.
DÉCIMA. Incompatibilidades
Los aspirantes propuestos quedarán sujetos, en su caso, al cumplimiento de las prescripciones contenidas en la
Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones
Públicas, y demás normativa aplicable.
UNDÉCIMA. Incidencias
Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
CVE:
BOP-2022-6393
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 27 de diciembre de 2022
N.º 0245
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