Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Guijo de Galisteo. (BOP-2022-6383)
BOP-2022-6383 Aprobación de bases y convocatoria en el marco de estabilización de empleo temporal, para cubrir una plaza de Auxiliar de Guardería.
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Ayuntamiento de Guijo de Galisteo
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Plza. España, 1, Guijo de Galisteo. 10816 (Cáceres) Tfno. 927449061. Fax: 927449100
estado ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de
enero de 2016.
7.1 Procedimiento de selección.
El procedimiento de selección será el de concurso, consistente en una valoración de
méritos, en el que se asignará un máximo de 20 puntos.
Los méritos profesionales supondrán un 60% del total de la puntuación máxima. (12
puntos). Los méritos académicos supondrán un 40% del total de la puntuación máxima. (8
puntos).
Serán méritos puntuables a cada aspirante, los contraídos hasta el día de la publicación
del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
Únicamente serán objeto de valoración los méritos alegados en la solicitud de participación
en el proceso selectivo, y que consten relacionados en el apartado correspondiente de la
instancia denominada “AUTOEVALUACIÓN CURRICULAR” de estas bases y el Anexo II
de las presentes bases., así como la documentación acreditativa de los mismos de acuerdo
con la base Cuarta.
Los méritos se presentarán mediante copias, en cualquiera de las formas previstas en el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
7.2.- Méritos computables:
7. 2.1.- MÉRITOS PROFESIONALES
Se valoraran los servicios prestados como funcionario/a interino/a, laboral temporal,
cualquiera que sea la modalidad del nombramiento interino/a/contratación temporal o
indefinido/a no fijo/a, hasta la fecha de publicación del anuncio de la convocatoria en el
BOP, con un máximo de 15 años y hasta un 60% de la puntuación (Máximo 12 puntos).
7.2.1.a) Servicios prestados como personal funcionario interino en el mismo Cuerpo o
Escala o como personal laboral temporal o indefinido no fijo en la misma Categoría
profesional y Especialidad en el Ayuntamiento de Guijo de Galisteo: 0,07 puntos por cada
mes completo.
7.2.1.b) Servicios prestados como personal funcionario interino en otros Cuerpos o
Escalas o como personal laboral temporal o indefinido no fijo en otras Categorías
profesionales y Especialidades en el Ayuntamiento de Guijo de Galisteo: 0,05 puntos por
cada mes completo.
7.2.1.c) Servicios prestados como personal funcionario interino en el mismo Cuerpo y
Escala o personal laboral temporal o indefinido no fijo en la misma Categoría profesional y
Especialidad en otras Administraciones públicas: 0,04 puntos por cada me completo.
Cuando los servicios prestados no sean a jornada completa en el Ayuntamiento de Guijo
de Galisteo , se valorarán en proporción de la jornada realmente trabajada a excepción de
la plaza de auxiliar guardería, que se valorará igual que la jornada completa.
La experiencia profesional se acreditará a través de certificado de los servicios prestados
emitido por el órgano competente de la Administración donde se hubiesen
prestado conforme al Anexo II de las presentes bases e informe de la vida laboral.
El cómputo de los servicios prestados se efectuará por meses. Para eso, se calculará en
cada apartado del baremo el número total de días y se dividirá entre 30, de tal manera que
lo que se valorará en cada punto será el cociente entero, despreciándose los decimales.
Los servicios prestados durante el período en el que se disfrute de una reducción de
jornada por alguna de las causas legalmente previstas, serán valorados como servicios
prestados en régimen de jornada completa.
Cód.
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6FJCZY2HXPNELYA97CJ33WY3H
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Martes, 27 de diciembre de 2022
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