Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Berrocalejo. (BOP-2022-6370)
BOP-2022-6370 Bases generales de los procesos selectivos que convoca el Ayuntamiento de Berrocalejo en el marco de los procesos extrordinarios de estabilización empleo temporal Ley 20/2021 de 28 diciembre.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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jornadas al 50 % o menos se computarán haciendo los cálculos para jornadas completas.
b) Otros méritos (4 puntos máximos).
b.1) Formación (3 puntos máximos).
Se valorarán los cursos de formación, recibidos o impartidos, que hayan sido
convocados, impartidos u homologados por el Instituto Nacional de Administración
Pública, por Administraciones Públicas u Organismos y Organizaciones dependientes de
ellas, o por organizaciones sindicales u otros agentes promotores dentro del marco del
Acuerdo de Formación para el empleo de las Administraciones Públicas, Universidades
y colegios profesionales y entidades sin ánimo de lucro debidamente inscritas en el
registro correspondiente, cuyo contenido esté directamente relacionado con las
funciones propias del cuerpo, escala y subescala o categoría profesional a la que se
opta.
En las Bases específicas de cada plaza se establecerán los cursos que serán valorados
y solo se valorarán los específicos de cada plaza.
Sólo se valorará, ya sea por asistir o por impartir, una única edición del curso o acción
formativa cuando sean varias coincidentes dentro del mismo año en cuanto a su
contenido.
La formación se acreditará mediante copia de diplomas o certificados con horas y/o
créditos.
Ello, no obstante, el órgano de selección se reserva el derecho de poder exigir al/a
aspirante cualquier documentación complementaria.
La valoración se realizará de acuerdo con el siguiente baremo general:
Se valorarán cursos, actividades formativas directamente relacionados con la
plaza a cubrir, con 0,10 puntos cada crédito estableciéndose la equivalencia de 1
crédito con 10 horas.
Actividades formativas realizadas de menos de 10 horas y las que no especifiquen
número de horas NO se valorarán.
Por impartir cursos o actividades formativas relacionadas con la plaza a cubrir
0,10 puntos por cada 10 horas y actividades formativas impartidas de menos de
10 horas y las que no especifiquen número de horas se valorarán con 0,10
CVE:
BOP-2022-6370
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 27 de diciembre de 2022
N.º 0245
Pág. 30478
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jornadas al 50 % o menos se computarán haciendo los cálculos para jornadas completas.
b) Otros méritos (4 puntos máximos).
b.1) Formación (3 puntos máximos).
Se valorarán los cursos de formación, recibidos o impartidos, que hayan sido
convocados, impartidos u homologados por el Instituto Nacional de Administración
Pública, por Administraciones Públicas u Organismos y Organizaciones dependientes de
ellas, o por organizaciones sindicales u otros agentes promotores dentro del marco del
Acuerdo de Formación para el empleo de las Administraciones Públicas, Universidades
y colegios profesionales y entidades sin ánimo de lucro debidamente inscritas en el
registro correspondiente, cuyo contenido esté directamente relacionado con las
funciones propias del cuerpo, escala y subescala o categoría profesional a la que se
opta.
En las Bases específicas de cada plaza se establecerán los cursos que serán valorados
y solo se valorarán los específicos de cada plaza.
Sólo se valorará, ya sea por asistir o por impartir, una única edición del curso o acción
formativa cuando sean varias coincidentes dentro del mismo año en cuanto a su
contenido.
La formación se acreditará mediante copia de diplomas o certificados con horas y/o
créditos.
Ello, no obstante, el órgano de selección se reserva el derecho de poder exigir al/a
aspirante cualquier documentación complementaria.
La valoración se realizará de acuerdo con el siguiente baremo general:
Se valorarán cursos, actividades formativas directamente relacionados con la
plaza a cubrir, con 0,10 puntos cada crédito estableciéndose la equivalencia de 1
crédito con 10 horas.
Actividades formativas realizadas de menos de 10 horas y las que no especifiquen
número de horas NO se valorarán.
Por impartir cursos o actividades formativas relacionadas con la plaza a cubrir
0,10 puntos por cada 10 horas y actividades formativas impartidas de menos de
10 horas y las que no especifiquen número de horas se valorarán con 0,10
CVE:
BOP-2022-6370
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 27 de diciembre de 2022
N.º 0245
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