Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Arroyo de la Luz. (BOP-2022-6364)
BOP-2022-6364 Bases y convocatoria de 2 plazas de Ordenanza de Mantenimiento, proceso especial de estabilización de empleo temporal de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
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alcanzado, con indicación del documento nacional de identidad, así como las notas parciales de
todas y cada una de las fases del proceso selectivo, en el Tablón de Edictos y la Sede Electrónica
del Ayuntamiento.
4.- Limites y Bolsas de Empleo:
El Tribunal no podrá declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de
aspirantes al de plazas convocadas.
No obstante lo anterior, siempre que el Tribunal haya propuesto el nombramiento de igual número
de aspirantes que el de plazas convocadas, y con el fin de asegurar la cobertura de las mismas
cuando se produzcan renuncias de los/as aspirantes seleccionados/as o cuando de la
documentación aportada por los/as aspirantes se deduzca que no cumplen los requisitos exigidos
o por circunstancias sobrevenidas se deduzca la imposibilidad de incorporación de alguno de
los/as aspirantes, antes de su nombramiento o toma de posesión, el Tribunal deberá realizar una
relación complementaria de los/as aspirantes que sigan a los/as propuestos/as para su posible
nombramiento como personal laboral fijo.
DUODÉCIMA. - RELACIÓN DE APROBADOS, Y PRESENTACIÓN DE
DOCUMENTOS
1.- La Alcaldía, procederá mediante resolución motivada a la publicación de la relación definitiva
de aprobados/as en el Tablón de Anuncios/Sede Electrónica del Ayuntamiento y en el Boletín
Oficial de la Provincia, a los efectos de inicio del cómputo del plazo previsto en la base siguiente.
Esta relación, también ira acompañada de la propuesta ordenada para la constitución de una bolsa
de trabajo restringida con el único fin de poder sustituir a la persona que haya sido contratada si
se encontrase ausente.
2.- Los/as aspirantes que se encuentre en la relación de aprobados/as presentarán, dentro del plazo
de 20 días hábiles contados a partir de la publicación de la relación de aprobados, los documentos
acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria:
a) DNI, pasaporte o cualquier otro documento acreditativo de la nacionalidad en vigor.
b) En el caso de aspirantes que hayan concurrido a las pruebas selectivas por tratarse de cónyuges,
o descendientes del cónyuge, de españoles/as o nacionales de países miembros de la Unión
Europea deberán presentar los documentos expedidos por las autoridades competentes que
acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del español/a o del nacional
de la Unión Europea con el que existe este vínculo, de que no está separado de derecho de su
cónyuge.
c) Original del título exigido en las bases específicas. En el caso de titulaciones obtenidas en el
extranjero se deberá aportar la documentación acreditativa de su homologación o convalidación.
d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario
del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para
el desempeño de funciones públicas por resolución judicial para el acceso a la escala, subescala,
clase y categoría de funcionario/a en el que hubiese sido separado/ a o inhabilitado/a.
Los/las nacionales de otros Estados deberán acreditar igualmente no hallarse inhabilitados/as o
en situación equivalente ni haber sido sometidos/as a sanción disciplinaria o equivalente que
CVE:
BOP-2022-6364
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Martes, 27 de diciembre de 2022
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