Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ahigal. (BOP-2022-6342)
BOP-2022-6342 Proceso extraordinario de estabilización y consolidación de empleo.
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Para la admisión de las solicitudes será obligatoria haber satisfecho los derechos
de examen correspondiente fijados en 20 euros.
La documentación a presentar junto con la solicitud será la siguiente:
4.1. Copia del documento nacional de identidad, pasaporte o documento en su
defecto.
4.2. Relación de méritos, con documento elaborado por el solicitante donde fije
los méritos y la puntuación total y copia de los documentos acreditativos de los
méritos alegados.
4. 3. Resguardos acreditativos de haber abonado los derechos de examen.
4. 4. Copia de la titulación exigida.
4.5. Informe de vida laboral a fecha de inicio de la convocatoria.
4.6. Declaración jurada del cumplimiento de los requisitos para participar en el
proceso.
5. ADMISIÓN DE PERSONAS ASPIRANTES.
Cerrado el plazo de presentación de solicitudes, el Alcalde del Ayuntamiento de
Ahigal deberá dictar resolución que declarará aprobada la lista provisional de
admitidos y excluidos y las causas de exclusión, concediendo un plazo de 10 días
hábiles para subsanación, y se hará pública en el Tablón de Anuncios de la Sede
Electrónica del Ayuntamiento de Ahigal, en la dirección web
http://www.ahigal.es
Finalizado el plazo de subsanación se emitirá resolución aprobando la lista
definitiva de aspirantes incluidos y excluidos, y composición del tribunal y se
publicará igualmente en el Tablón de Anuncios de la sede electrónica del
Ayuntamiento de Ahigal
6. TRIBUNAL CALIFICADOR.
El tribunal estará compuesto por un Presidente,tres vocales y un secretario.
No puede formar parte del tribunal el personal de elección o designación política.
La composición del Tribunal será predominantemente técnica y todos los
miembros del tribunal deberán poseer la titulación de igual o superior nivel al
requerido para el acceso a las plazas convocadas.
Los miembros del tribunal deberán abstenerse de intervenir y las personas
aspirantes podrán promover la recusación en los términos establecidos en los
artículos 23 y 24 de la ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del
sector público.
Cuando el procedimiento selectivo por dificultades técnicas o de otra índole así lo
aconsejase, el Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de
asesores especialistas, para todas o algunas de las pruebas, de acuerdo con lo
previsto en las correspondientes convocatorias. Dichos asesores colaborarán, con
Ayuntamiento de Ahigal
Plaza Mayor, 1, Ahigal. 10650 (Cáceres). Tfno. 927439010. Fax: 927439236
Cód.
Validación:
7DTN3ASA4TRYX66M2ATJPS9AA
|
Verificación:
https://aytoahigal.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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CVE:
BOP-2022-6342
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 27 de diciembre de 2022
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