Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral Sierra de San Pedro. (BOP-2022-6330)
BOP-2022-6330 Bases y Convocatoria excepcional para cubrir varias plazas mediante el sistema de concurso, en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal.
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MANCOMUNIDAD INTEGRAL“SIERRA DE SAN PEDRO”
C/ Pizarro, 16 - Valencia de Alcántara 10500 (Cáceres)
Web: www.mancomunidadsierrasanpedro.es
Tfno: 927 66 81 47 Fax: 927 58 24 84 Email: info@mancomunidadsierrasanpedro.com
- M1= DT2/30.
- M1: número de meses trabajados.
- DT 2: número de días de trabajo en la vida laboral.
Los servicios prestados durante el periodo en el que se disfruta de una reducción de jornada
por alguna de las causas legalmente previstas, serán valorados como servicios prestados en
régimen de jornada completa.
Los periodos de permiso sin sueldo, así como, la permanencia en situación de servicios
especiales se valorarán como tiempo de servicios efectivamente prestados en la categoría a
los efectos de este baremo.
b) Méritos académicos y otros méritos, con una puntuación máxima de 20 puntos.
b.1 Por la realización de Cursos, Seminarios, Congresos o Jornadas de especialización y
perfeccionamiento cuyo contenido verse sobre materias directamente relacionadas con la
categoría profesional objeto de la convocatoria, organizados por centros o instituciones
oficiales: Universidad, Administración Pública o Corporaciones de Derecho Público
(Colegios Profesionales, etc,) o bien, por institución pública o privada en colaboración con
Administración Pública, así como aquellos incluidos en el Acuerdo para la Formación
Continua en las Administraciones Públicas, con arreglo al siguiente baremo:
- 0,15 puntos por cada actividad formativa realizada de menos de 10 horas o que no
especifique el número de horas, con un máximo de 2 puntos.
- 0,25 puntos por cada crédito en actividades formativas, cursos, seminarios,
Congresos o Jornadas de 20 a 200 horas, con un máximo de 8 puntos. Se establece
una equivalencia de 1 crédito con 10 horas.
- 0,50 puntos por cada crédito en actividades formativas, cursos, Seminarios,
Congresos o Jornadas formativas con una duración superior a 200 horas, con un
máximo de 5 puntos. Se establece una equivalencia de 1 crédito con 10 horas.
La acreditación de los méritos establecidos en este apartado se realizará mediante la
presentación del certificado o diploma de asistencia con el contenido del programa oficial
del curso con indicación del número de horas lectivas. Se valorará, una única edición del
curso o acción formativa cuando sean varias coincidentes dentro del mismo año en cuanto a
su contenido.
Cuando se trate de formación en orden secuencial (Primera y Segunda Parte: Curso Básico
y Curso Avanzado), se sumará la carga lectiva total a efectos de su valoración. Cuando del
documento aportado se deduzca que sólo en parte guarda relación con las funciones a
desempeñar, únicamente será tomada en consideración la que corresponda siempre, y
exclusivamente, que se indique la carga lectiva en horas de la misma. Si la duración se
reflejara en días, sin especificación de horas, se computará a razón de 5 horas por cada día
que se acredite.
Cuando la acción formativa se especifique en créditos, la equivalencia será de 10 horas por
cada crédito.
b.2 Titulación académica o de formación especializada: Se valorará con 5 puntos la
titulación académica de nivel igual o superior y distinta a la requerida para el acceso al
Cód.
Validación:
9JCN332GRFPMSTDWR2X59Y5LY
|
Verificación:
https://mancomunidadsierrasanpedro.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
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plataforma
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Viernes, 23 de diciembre de 2022
N.º 0244
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