Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villasbuenas de Gata. (BOP-2022-6328)
BOP-2022-6328 Bases para el uso de pastos. Anualidad 2023 en los M.U.P n.º 26 Y 28.
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- 1 caballo corresponderá a dos vacas.
El uso de terrenos para aprovechamiento de pastizales está exento de IVA conforme declara,
la Agencia Tributaria Estatal, en consulta vinculante, referencia: 106759, en virtud de lo
dispuesto en los artículos: 20.UNO, 23, 90, 91 UNO 1.2 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre
de 1992.
La adjudicación de pastos en las dehesas municipales “Dehesa la Piedra y Llanos de Doña
Pascua” y en la dehesa “Peralejos” se hace hasta el 30 de septiembre de 2023, pudiendo ser
objeto de prórroga por una anualidad más, hasta el 29 de septiembre de 2024 si no existiesen
nuevos/as ganaderos/as interesados/as en el uso de los pastos para la anualidad 2023-2024 o
cualquier otra circunstancias que aconseje una nueva adjudicación, la referida prórroga se
aplicará automáticamente si no hay denuncia expresa por ninguna de las partes afectadas por
la misma.
2. El importe de las adjudicaciones será abonado en las arcas municipales a través del
Organismo Autónomo de recaudación de la Excma. Diputación de Cáceres, una vez fijado el
ganado que corresponde a cada ganadero/a.
- El 15% del Fondo de Mejoras, se pagará conforme a lo establecido en el Decreto
38/2018, arriba citado, demás normativa aplicable, y a las instrucciones y la forma, que
determine la Consejería competente.
3. El n.º de hectáreas potenciales de adjudicación, es en superficie bruta: 831 hectáreas y la
cuantía de ganado es el siguiente: Número de cabezas máximo de ganado que se pueden
meter 300 UGM.
La superficie de pastos a adjudicar, 831 hectáreas, es la bruta. No obstante, a dicha superficie
bruta, se ha de aplicar el coeficiente de aprovechamiento medio que determine la Junta de
Extremadura, para calcular el aprovechamiento neto, siendo este último el que certifique este
Ayuntamiento, en la plataforma ARADO, en relación a la superficie neta de pastos adjudicada a
cada ganadero/a. Los/as adjudicatarios/as aceptan, la superficie neta de adjudicación que
resulte de la aplicación, en cada momento, del coeficiente de aprovechamiento medio
correspondiente, sobre la superficie bruta, sin que tengan derecho a indemnización por tal
motivo y renunciando a cualquier reclamación, contra el Ayuntamiento, motivada por las
posibles superficies netas resultantes de la aplicación del coeficiente de aprovechamiento
medio determinado por la Junta de Extremadura. De este modo, el número de hectáreas
elegibles para la PAC en la anualidad 2022 son 434,47.
La adjudicación se refiere, únicamente, al uso ganadero de los pastos de dichos bienes de
CVE:
BOP-2022-6328
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 23 de diciembre de 2022
N.º 0244
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