Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Madrigalejo. (BOP-2022-6307)
BOP-2022-6307 Estabilización de Empleo.
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En el supuesto de que el órgano de selección compruebe que alguna de las personas
aspirantes ha realizado cualquier tipo de actuación fraudulenta o incurrido en falsedad
manifiesta en su solicitud, que genere competencia desleal de acuerdo con los principios de
igualdad, mérito y capacidad, previa audiencia a la persona interesada, deberá emitir propuesta
motivada de exclusión del proceso selectivo, dirigida al órgano que hubiera aprobado la
relación definitiva de personas aspirantes admitidas, comunicando las falsedades o
actuaciones fraudulentas formuladas por la persona aspirante. Contra la resolución de dicho
órgano podrán interponerse los recursos administrativos que procedan.
Séptima. Autobaremación de méritos.
El autobaremo vinculará a las personas aspirantes en relación con la documentación aportada,
siendo la puntuación definitiva, en todo caso, la fijada por el tribunal de selección.
La antigüedad en el Ayuntamiento de Madrigalejo se comprobará de oficio.
Octava. Calificación.
La puntuación máxima de todos los méritos será de 10,00 puntos.
La calificación final será la suma de los puntos obtenidos en la fase de concurso.
Novena. Resolución de la convocatoria.
Una vez finalizado el proceso de selección a través de concurso, el tribunal hará pública la
relación de personas aprobadas por orden de puntuación y remitirá al órgano convocante, una
propuesta para el nombramiento de quien haya obtenido la mayor puntuación total. No se
podrá proponer el acceso a la condición de laboral fijo de un número superior de aspirantes al
de plazas convocadas, siendo nulos de pleno derecho los acuerdos que contravengan esta
limitación.
Los/as aspirantes propuestos/as acreditarán ante la administración, dentro del plazo de veinte
días hábiles desde que se publican en la sede electrónica de este Ayuntamiento los
documentos justificativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la
convocatoria.
Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la
documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos,
no podrán ser nombrados/as, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la
responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de
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BOP-2022-6307
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 23 de diciembre de 2022
N.º 0244
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