Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Logrosán. (BOP-2022-6301)
BOP-2022-6301 Bases de la convocatoria para la provisión de tres plazas del Grupo A Subgrupo A2, acogidas al proceso de estabilización extraordinario.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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AYUNTAMIENTO DE LOGROSÁN (Cáceres)
C.I.F. P1011200A * Plaza de España, 1 * 10120 * Tlf. 927360022 – Fax 927 360796 -Mail.ayuntamiento@logrosan.es
del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto
Refundido del Estatuto Básico del/a Empleado/a Público/a.
DÉCIMA. Presentación de documentación.
10.1. En el plazo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente a aquel en
que se hiciera pública la lista definitiva de aspirantes aprobados/as en el Boletín Oficial de la
Provincia, los/as aspirantes propuestos/as aportarán los documentos que a continuación se
relacionan:
a) Original del DNI, pasaporte o cualquier otro documento acreditativo de la nacionalidad
en vigor.
b) En el caso de aspirantes que hayan concurrido a las pruebas selectivas por tratarse de
cónyuges, o sus descendientes o los/as descendientes del cónyuge, de españoles/as o
nacionales de países miembros de la Unión Europea deberán presentar los documentos
expedidos por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una
declaración jurada o promesa del/a español/a o del/a nacional de la Unión Europea con el que
existe este vínculo, de que no está separado/a de derecho de su cónyuge y, en su caso, del
hecho de que el/a aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
c) Original del título exigido en las bases primera y segunda de esta convocatoria, o
certificación académica que acredite haber realizado y aprobado los estudios completos
necesarios para la expedición del mismo.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá aportar la documentación
acreditativa de su homologación o convalidación.
Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario
del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial
para el desempeño de funciones públicas por resolución judicial para el acceso a la escala,
subescala, clase y categoría de funcionario/a en el que hubiese sido separado/a o
inhabilitado/a.
Los/as nacionales de otros Estados deberán acreditar igualmente no hallarse inhabilitados/as o
en situación equivalente ni haber sido sometidos/as a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso a la función pública.
d) Documentación acreditativa de los restantes requisitos que, en su caso, pudieran
exigirse en cada base específica, que deberá ser compulsada por el Área encargado de la
gestión de dicho proceso selectivo.
10.2. Quienes dentro del plazo indicado en el apartado 1º, y salvo los casos de fuerza
mayor, no presentasen la documentación exigida en las bases de la convocatoria o del
examen de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos por las
mismas o hubieran incurrido en falsedad en relación con los mismos, no podrá ser
nombrados/as personal laboral fijo, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de
la responsabilidad en la que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de
participación.
Cód.
Validación:
4C5G4KTXCWWSM9JY4JDMJFJJN
|
Verificación:
https://logrosan.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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16
CVE:
BOP-2022-6301
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 23 de diciembre de 2022
N.º 0244
Pág. 29758
C.I.F. P1011200A * Plaza de España, 1 * 10120 * Tlf. 927360022 – Fax 927 360796 -Mail.ayuntamiento@logrosan.es
del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto
Refundido del Estatuto Básico del/a Empleado/a Público/a.
DÉCIMA. Presentación de documentación.
10.1. En el plazo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente a aquel en
que se hiciera pública la lista definitiva de aspirantes aprobados/as en el Boletín Oficial de la
Provincia, los/as aspirantes propuestos/as aportarán los documentos que a continuación se
relacionan:
a) Original del DNI, pasaporte o cualquier otro documento acreditativo de la nacionalidad
en vigor.
b) En el caso de aspirantes que hayan concurrido a las pruebas selectivas por tratarse de
cónyuges, o sus descendientes o los/as descendientes del cónyuge, de españoles/as o
nacionales de países miembros de la Unión Europea deberán presentar los documentos
expedidos por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una
declaración jurada o promesa del/a español/a o del/a nacional de la Unión Europea con el que
existe este vínculo, de que no está separado/a de derecho de su cónyuge y, en su caso, del
hecho de que el/a aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
c) Original del título exigido en las bases primera y segunda de esta convocatoria, o
certificación académica que acredite haber realizado y aprobado los estudios completos
necesarios para la expedición del mismo.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá aportar la documentación
acreditativa de su homologación o convalidación.
Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario
del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial
para el desempeño de funciones públicas por resolución judicial para el acceso a la escala,
subescala, clase y categoría de funcionario/a en el que hubiese sido separado/a o
inhabilitado/a.
Los/as nacionales de otros Estados deberán acreditar igualmente no hallarse inhabilitados/as o
en situación equivalente ni haber sido sometidos/as a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso a la función pública.
d) Documentación acreditativa de los restantes requisitos que, en su caso, pudieran
exigirse en cada base específica, que deberá ser compulsada por el Área encargado de la
gestión de dicho proceso selectivo.
10.2. Quienes dentro del plazo indicado en el apartado 1º, y salvo los casos de fuerza
mayor, no presentasen la documentación exigida en las bases de la convocatoria o del
examen de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos por las
mismas o hubieran incurrido en falsedad en relación con los mismos, no podrá ser
nombrados/as personal laboral fijo, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de
la responsabilidad en la que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de
participación.
Cód.
Validación:
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Viernes, 23 de diciembre de 2022
N.º 0244
Pág. 29758