Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de El Gordo. (BOP-2022-6281)
BOP-2022-6281 Bases generales de los procesos selectivos que convoca el Ayuntamiento de El Gordo en el marco de los procesos extraordinarios de estabilización empleo temporal Ley 20/2021 de 28 de diciembre.
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observarán las prescripciones que se contengan en los manuales de instrucciones que, en su
caso, se dicten por el Área de Personal con el objeto de homogeneizar los criterios de
actuación aplicables en los distintos procesos selectivos.
Las resoluciones del Tribunal vinculan al Ayuntamiento de El Gordo, aunque éstas, en su caso,
pueda proceder a su revisión conforme a lo previsto en los artículos 106 y siguientes de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, en cuyo caso habrán de practicarse de nuevo las pruebas o trámites afectados por
las irregularidades.
A efectos de comunicaciones y demás incidencias, cada convocatoria determinará la sede del
Tribunal.
SEXTA. Sistema de Selección.
6.1. El proceso selectivo se ajustará a lo dispuesto en los artículos 61 del texto refundido de la
Ley del Estatuto Básico del/a Empleado/a Público/a y 94 y siguientes de la Ley de la Función
Pública de Extremadura, en conexión con la Ley 20/2021, y se realizará a través del sistema de
concurso de méritos y de concurso oposición, que se establecerá en las bases específicas de
cada plaza.
En el CONCURSO DE MÉRITOS supondrá una puntuación máxima total de 20 puntos,
dividiéndose en servicios prestados, otros méritos (formación, titulación e idiomas), de
acuerdo con los baremos que figura a continuación, que se aplicarán a los/as aspirantes
del proceso selectivo.
Serán méritos puntuables a cada aspirante, los contraídos hasta el día de la presentación de
las solicitudes de participación, una vez abierto el plazo del anuncio de la convocatoria en el
Boletín Oficial del Estado.
Únicamente serán objeto de valoración los méritos alegados en la solicitud de participación en
el proceso selectivo, y que consten relacionados/as en el apartado correspondiente de la
instancia, así como la documentación acreditativa de los mismos de acuerdo con la base
Tercera 3.2.
a) Servicios prestados. (16 puntos máximo).
Se valorarán los servicios prestados como funcionario/a interino/a, laboral temporal, cualquiera
que sea la modalidad del nombramiento interino/a/contratación temporal o indefinido/a no fijo/a,
hasta la fecha de publicación del anuncio de la convocatoria en el BOE, de acuerdo con el
CVE:
BOP-2022-6281
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 23 de diciembre de 2022
N.º 0244
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