Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almoharín. (BOP-2022-6269)
BOP-2022-6269 Convocatoria y proceso de estabilización para provisión en propiedad/fijo varias plazas de personal funcionario/laboral del Ayuntamiento de Almoharín D.A. 6ª Ley 20/2021.
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Cualquier decisión que adopte el Tribunal de selección y que deba conocer el personal aspirante
hasta la finalización del proceso se expondrá en la sede electrónica de este Ayuntamiento, y en el
Tablón de Anuncios, bastando dicha exposición, en la fecha que se inicie, como notificación a
todos los efectos.
QUINTA. Tribunal Calificador.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 60 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, los
órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de
imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer
y hombre.
El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual
no podrán formar parte de los órganos de selección.
La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse
ésta en representación o por cuenta de nadie.
El/los Tribunal/es calificador/es encargados de la selección tendrá la categoría establecida en el
art. 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, y estará constituido en la forma que se determina
en los artículos 4 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, 60 del Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público quedando formados por los/as titulares que a continuación se indican y sus
correspondientes suplentes:
- Presidente/a: UN/A Funcionario/empleado/a público/a, designado/a por la Alcaldía.
- Vocales: TRES empleados/as públicos/as, de la Corporación o solicitados a otra
Administración, designados por la Alcaldía
- Secretario/a: UN/A Funcionario/a público/a, de la Corporación o solicitados a otra
Administración, designados por la Alcaldía , que tendrá voz y voto.
La designación del tribunal calificador se hará en la misma Resolución de la Alcaldía, de
aprobación Definitiva de Admitidos y Excluidos citada en la Base 4ª.
Al proceso selectivo podrán asistir como observadores/as con voz y sin voto, un/a
representante de cada una de las organizaciones sindicales representativas, así como los portavoces
de los grupos municipales.
La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los
artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
SEXTA. Sistemas de Selección y Desarrollo de los Procesos.
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN: CONCURSO
FASE CONCURSO: MERITOS GENERALES PARA TODAS LAS PLAZAS
CVE:
BOP-2022-6269
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 23 de diciembre de 2022
N.º 0244
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