Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Aldeacentenera. (BOP-2022-6263)
BOP-2022-6263 Convocatoria para la provisión de 2 plazas de Auxiliar Administrativo/a. Proceso especial de estabilización de empleo temporal.
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Ayuntamiento de Aldeacentenera
1. Por cada mes de servicios prestados en la Administración convocante (Ayuntamiento de
Aldeacentenera), ocupando el puesto o puestos de trabajo correspondiente a la plaza objeto de
la convocatoria, se otorgará 1 punto hasta un máximo de 90 puntos.
2. Por cada mes de servicios prestados en la Administración convocante Ayuntamiento de
Aldeacentenera, en plazas de igual denominación y del mismo grupo y subgrupo de titulación
que el de las plazas convocadas, se otorgarán 0,65 puntos, hasta un máximo de 90 puntos.
3. Por cada mes de servicios prestados en cualquier Administración Pública en plazas de igual
denominación y del mismo grupo y subgrupo de titulación que el de las plazas convocadas, se
otorgarán 0,50 puntos, hasta un máximo de 90 puntos.
Los servicios prestados en el Ayuntamiento de Aldeacentenera se certificarán de oficio por el
órgano administrativo correspondiente que lo remitirá al Tribunal de Selección y al/a
interesado/a.
En el certificado se especificará el puesto o puestos objetos de la convocatoria. Los méritos de
experiencia se acreditarán para los servicios prestados en otras Administraciones Públicas
mediante certificación expedida por el/a responsable de la unidad administrativa en la que
hubiera prestados sus servicios, en la cual deberá constar la siguiente información:
 Puesto y funciones realizadas.
 Tipo de vínculo (fijo/a, temporal, indefinido/a no fijo/a de plantilla, formación).
 Régimen jurídico de vinculación (laboral, funcionario/a, estatutario/a).
 Fecha de inicio y de fin de cada una de las vinculaciones.
 Total de días de vinculación y régimen de jornada (completa, tiempo parcial).
El cómputo de los servicios prestados se efectuará por meses. Para eso, se calculará en cada
apartado del baremo el número total de días y se dividirá entre 30, de tal manera que lo que se
valorará en cada punto será el cociente entero, despreciándose los decimales.
Los servicios prestados durante el período en el que se disfrute de una reducción de jornada
por alguna de las causas legalmente previstas, serán valorados como servicios prestados en
régimen de jornada completa. Los servicios prestados por el personal específicamente
nombrado a tiempo parcial serán valorados con la consiguiente reducción. Los períodos de
permiso sin sueldo, así como, las permanencias en situación de servicios especiales se
valorarán como tiempo de servicios efectivamente prestados en la categoría a los efectos de
este baremo.
Cód.
Validación:
7CGQ7KY3KHZJSPRLZQSX6TPAD
|
Verificación:
https://aldeacentenera.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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25
CVE:
BOP-2022-6263
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 23 de diciembre de 2022
N.º 0244
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