Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torreorgaz. (BOP-2022-6240)
BOP-2022-6240 Convocatoria para la provisión de una plaza de Encargado/a Personal Laboral (obras). Proceso especial de estabilización de empleo temporal, mediante concurso de méritos.
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Ayuntamiento de Torreorgaz
a) DNI, pasaporte o cualquier otro documento acreditativo de la nacionalidad en vigor. En el caso de
aspirantes que concurran a las pruebas selectivas por tratarse de cónyuges, o descendientes del
cónyuge, de españoles o nacionales de países miembros de la Unión Europea, deberán presentar
los documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco
y una declaración jurada del español o del nacional de la Unión Europea con el que existe este
vínculo, de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el
aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
b) documentos acreditativos de los requisitos
c) documentos acreditativos de los méritos, originales (para su compulsa) o copia auténtica de los
mismos.
Las solicitudes, según modelo del Anexo I, podrán presentarse también por cualquiera
de los medios establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La fecha límite para la valoración de méritos será la de publicación de las convocatorias
en el BOE. En ningún caso se valorarán méritos no relacionados en la solicitud, ni aquellos que no
hubieran sido acreditados documentalmente.
El tribunal calificador puede requerir a los/as aspirantes que acrediten la veracidad de las
circunstancias y documentos aportados en cualquier momento. Asimismo, el tribunal podrá recabar de
los/as interesados/as las aclaraciones o, en su caso, la documentación complementaria que se estime
necesaria para la comprobación de los requisitos y méritos alegados, pudiendo expulsar del proceso
selectivo a los aspirantes que falseen o modifiquen dicha documentación aportada. Todo ello sin
menoscabo del cumplimiento de la obligación de presentar la documentación acreditativa de los
méritos dentro del plazo previsto.
Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud
podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del/a interesado/a.
La presentación de la solicitud para participar en la convocatoria supone la aceptación
expresa y formal de lo establecido en las presentes bases.
Deberán relacionarse los méritos en las solicitudes de participación, adjuntando copias de
los mismos, sin que sea necesaria su compulsa. En ningún caso se valorarán méritos no alegados en la
solicitud o no acreditados documentalmente.
3.3. Tasa por derechos de examen:
Se acompañará a la instancia el resguardo que justifique haber satisfecho la cantidad de
25 € en concepto de derechos de examen, en el numero de cuenta que especifique el Ayuntamiento,
donde deberá indicarse en el ingreso a qué convocatoria corresponde.
CVE:
BOP-2022-6240
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 22 de diciembre de 2022
N.º 0243
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