Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torrecilla de Los Ángeles. (BOP-2022-6237)
BOP-2022-6237 Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre vehículos de Tracción Mecánica.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Asimismo, están exentos los vehículos matriculados a nombre de minusválidos para su
uso exclusivo, aplicándose la exención, en tanto se mantengan dichas circunstancias,
tanto a los vehículos conducidos por personas con discapacidad como a los destinados
a su transporte.
Las exenciones previstas en los dos párrafos anteriores no resultarán aplicables a los/as
sujetos pasivos beneficiarios/as de las mismas por más de un vehículo
simultáneamente.
A efectos de lo dispuesto en esta letra, se considerarán personas con minusvalía
quienes tengan esta condición legal en grado igual o superior al 33 por 100.
f) Los autobuses, microbuses y demás vehículos destinados o adscritos al servicio de
transporte público urbano, siempre que tengan una capacidad que exceda de nueve
plazas, incluida la del/a conductor/a.
g) Los tractores, remolques, semirremolques y maquinaria provistos de la Cartilla de
Inspección Agrícola.
h) Suprimir el Impuesto a los vehículos de más de 25 años de la localidad, dado que son
los más utilizados para las tareas agrícolas y ganaderas, así como a la subida de los
carburantes y la inflación del país, que contribuya a minorar los gastos de producción
tanto agrícola como ganadera y fijar la población.
2. Para poder aplicar las exenciones a que se refieren las letras e), g) y h) de este artículo,
deberán acompañar la solicitud con los siguientes documentos:
A) En el supuesto de vehículos para personas de movilidad reducida o minusválidos:
- Fotocopia del Permiso de Circulación del Vehículo.
- Fotocopia del Certificado de Características Técnicas del Vehículo.
- Certificación de la minusvalía emitida por el Organismo o autoridad competente.
- Declaración jurada de que el vehículo es de propiedad y uso exclusivo del/a
minusválido/a.
B) En el supuesto de los tractores, remolques, semirremolques y maquinaria agrícolas:
- Fotocopia del Permiso de Circulación del Vehículo.
CVE:
BOP-2022-6237
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 22 de diciembre de 2022
N.º 0243
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uso exclusivo, aplicándose la exención, en tanto se mantengan dichas circunstancias,
tanto a los vehículos conducidos por personas con discapacidad como a los destinados
a su transporte.
Las exenciones previstas en los dos párrafos anteriores no resultarán aplicables a los/as
sujetos pasivos beneficiarios/as de las mismas por más de un vehículo
simultáneamente.
A efectos de lo dispuesto en esta letra, se considerarán personas con minusvalía
quienes tengan esta condición legal en grado igual o superior al 33 por 100.
f) Los autobuses, microbuses y demás vehículos destinados o adscritos al servicio de
transporte público urbano, siempre que tengan una capacidad que exceda de nueve
plazas, incluida la del/a conductor/a.
g) Los tractores, remolques, semirremolques y maquinaria provistos de la Cartilla de
Inspección Agrícola.
h) Suprimir el Impuesto a los vehículos de más de 25 años de la localidad, dado que son
los más utilizados para las tareas agrícolas y ganaderas, así como a la subida de los
carburantes y la inflación del país, que contribuya a minorar los gastos de producción
tanto agrícola como ganadera y fijar la población.
2. Para poder aplicar las exenciones a que se refieren las letras e), g) y h) de este artículo,
deberán acompañar la solicitud con los siguientes documentos:
A) En el supuesto de vehículos para personas de movilidad reducida o minusválidos:
- Fotocopia del Permiso de Circulación del Vehículo.
- Fotocopia del Certificado de Características Técnicas del Vehículo.
- Certificación de la minusvalía emitida por el Organismo o autoridad competente.
- Declaración jurada de que el vehículo es de propiedad y uso exclusivo del/a
minusválido/a.
B) En el supuesto de los tractores, remolques, semirremolques y maquinaria agrícolas:
- Fotocopia del Permiso de Circulación del Vehículo.
CVE:
BOP-2022-6237
Verificable
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