Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cedillo. (BOP-2022-6114)
BOP-2022-6114 Bases y convocatoria en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal, plaza Agente de Empleo y Desarrollo Local.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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La fase de concurso, en la que la puntuación máxima a obtener será de 10 puntos, consistirá
en la valoración de los méritos que acrediten los aspirantes, conforme al baremo y
puntuación que se establece a continuación:
A. Experiencia profesional (máximo 8 puntos):
A.1. Servicios prestados como personal laboral o funcionario interino en la plaza de Agente
de Empleo y Desarrollo Local de la Administración convocante objeto de estabilización de
la presente convocatoria, a razón de 0,065 puntos por cada mes completo de servicio, al
tratarse de un proceso de estabilización de empleo temporal.
A.2. Servicios prestados en cualquier Administración Pública Local como personal laboral o
funcionario interino en puestos de trabajo de igual naturaleza a la del objeto de la presente
convocatoria, a razón de 0,025 puntos por cada mes completo de servicio.
La prestación de servicios a tiempo parcial se computará como jornada completa, siempre
que la jornada sea igual o superior al 50 % de esta, no teniéndose en cuenta estos en el caso
de que la jornada parcial sea inferior al 50 %.
Los servicios prestados que se acrediten en años se transformarán en meses, a razón de doce
meses por año y los expresados en días se transformarán en meses, a razón de treinta días
naturales por mes. Los días que, tras practicar estas operaciones, resulten sobrantes,
quedarán descartados a todos los efectos.
En el supuesto de que se hayan simultaneado dos o más contratos en las mismas fechas, se
valorará únicamente aquél del que se derive la puntuación más favorable para la persona
aspirante.
La experiencia profesional en Administraciones Públicas se acreditará con Informe de la
Vida Laboral expedido por la Seguridad Social, acompañada de la certificación de los
servicios prestados expedida por el órgano competente a tal fin, en la que en su caso, conste
la categoría profesional o de la que se desprenda que han desempeñado funciones vinculadas
a la categoría profesional objeto de la convocatoria, con expresión del tiempo que ha venido
desempeñando y relación jurídica que ha mantenido o mantiene en el desempeño del mismo.
Serán imprescindibles ambos documentos para que dicha experiencia pueda ser valorada.
B. Formación (máximo 2 puntos):
B.1. Cursos oficiales formación y perfeccionamiento (máximo 2 puntos): Únicamente se
valorarán acciones formativas debidamente acreditadas que versen sobre materias
directamente relacionadas con las funciones propias del puesto convocado, impartidos por
centros oficiales y demás administraciones públicas, y centros acogidos al plan de formación
continua de las administraciones públicas, universidades o colegios profesionales, o bien por
cualquier organismo público o privado siempre que hayan sido oficialmente reconocidos, y
que se acrediten mediante título, certificado o diploma.
Se atenderá a la duración, contenido y dificultad de la formación, al centro de impartición de
la misma y al tipo de certificación o titulación expedida, valorándose 0,05 puntos por hora
formativa.
En el diploma o certificado deberá constar el nombre del curso, los contenidos impartidos, la
entidad que lo expide y la carga horaria.
Cód.
Validación:
32AFCT7AGGHKFTZAFKGRADFXJ
|
Verificación:
https://cedillo.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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BOP-2022-6114
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 21 de diciembre de 2022
N.º 0242
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en la valoración de los méritos que acrediten los aspirantes, conforme al baremo y
puntuación que se establece a continuación:
A. Experiencia profesional (máximo 8 puntos):
A.1. Servicios prestados como personal laboral o funcionario interino en la plaza de Agente
de Empleo y Desarrollo Local de la Administración convocante objeto de estabilización de
la presente convocatoria, a razón de 0,065 puntos por cada mes completo de servicio, al
tratarse de un proceso de estabilización de empleo temporal.
A.2. Servicios prestados en cualquier Administración Pública Local como personal laboral o
funcionario interino en puestos de trabajo de igual naturaleza a la del objeto de la presente
convocatoria, a razón de 0,025 puntos por cada mes completo de servicio.
La prestación de servicios a tiempo parcial se computará como jornada completa, siempre
que la jornada sea igual o superior al 50 % de esta, no teniéndose en cuenta estos en el caso
de que la jornada parcial sea inferior al 50 %.
Los servicios prestados que se acrediten en años se transformarán en meses, a razón de doce
meses por año y los expresados en días se transformarán en meses, a razón de treinta días
naturales por mes. Los días que, tras practicar estas operaciones, resulten sobrantes,
quedarán descartados a todos los efectos.
En el supuesto de que se hayan simultaneado dos o más contratos en las mismas fechas, se
valorará únicamente aquél del que se derive la puntuación más favorable para la persona
aspirante.
La experiencia profesional en Administraciones Públicas se acreditará con Informe de la
Vida Laboral expedido por la Seguridad Social, acompañada de la certificación de los
servicios prestados expedida por el órgano competente a tal fin, en la que en su caso, conste
la categoría profesional o de la que se desprenda que han desempeñado funciones vinculadas
a la categoría profesional objeto de la convocatoria, con expresión del tiempo que ha venido
desempeñando y relación jurídica que ha mantenido o mantiene en el desempeño del mismo.
Serán imprescindibles ambos documentos para que dicha experiencia pueda ser valorada.
B. Formación (máximo 2 puntos):
B.1. Cursos oficiales formación y perfeccionamiento (máximo 2 puntos): Únicamente se
valorarán acciones formativas debidamente acreditadas que versen sobre materias
directamente relacionadas con las funciones propias del puesto convocado, impartidos por
centros oficiales y demás administraciones públicas, y centros acogidos al plan de formación
continua de las administraciones públicas, universidades o colegios profesionales, o bien por
cualquier organismo público o privado siempre que hayan sido oficialmente reconocidos, y
que se acrediten mediante título, certificado o diploma.
Se atenderá a la duración, contenido y dificultad de la formación, al centro de impartición de
la misma y al tipo de certificación o titulación expedida, valorándose 0,05 puntos por hora
formativa.
En el diploma o certificado deberá constar el nombre del curso, los contenidos impartidos, la
entidad que lo expide y la carga horaria.
Cód.
Validación:
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