Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2022-6111)
BOP-2022-6111 Convocatoria cobertura en propiedad de tres plazas de Agentes de Empleo y Desarrollo Local, Personal Laboral, mediante el sistema de concurso por el turno libre. Proceso extraordinario de estabilización del empleo temporal.
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El importe neto de las subvenciones a la actividad agraria.
Otras rentas
Las plusvalías o ganancias patrimoniales derivadas de la venta de bienes muebles e inmuebles
excepto el de la vivienda habitual.
Premios de lotería o similares.
El rendimiento presunto del patrimonio, fondos de inversión o planes de jubilación, aplicando a su
valor el tipo de interés legal del dinero vigente.
2) Bonificaciones a favor de personas desempleadas.
Las personas que se encuentren en situación de desempleo, debidamente inscritas en el Centro de
Empleo correspondiente a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias, tendrán
derecho a una bonificación del 50% por derechos de examen en estas pruebas selectivas. (La
condición de estar en desempleo se acredita con certificación o informe expedidos por el Servicio
Público de Empleo competente).
CUARTA. ADMISIÓN DE LOS/AS ASPIRANTES.
Para ser admitido/a al proceso selectivo bastará con que los/las aspirantes manifiesten en sus
solicitudes que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base segunda de la
convocatoria, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.
Terminado el plazo de presentación de instancias, el Ilmo. Sr. Alcalde Presidente dictará resolución
declarando aprobada la lista provisional de las personas aspirantes admitidas y excluidas, que se
hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia, indicando que la lista certificada de aspirantes
estará expuesta tanto en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Cáceres,
como dentro del apartado Ofertas de Empleo https://sede.caceres.es.
En la resolución se hará constar que los/as aspirantes cuentan con un plazo de diez días hábiles para
la subsanación de defectos y posibles reclamaciones, en los términos establecidos en el artículo 68
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas. Asimismo, aquellos/as aspirantes que hayan detectado errores en la
consignación de sus datos personales podrán manifestarlo en el mismo plazo.
Aquellas personas que dentro del plazo señalado no subsanen el defecto que motivó la exclusión o
no presenten reclamación justificando su derecho a ser incluidas en la relación de admitidos/as,
serán definitivamente excluidas de la realización de las pruebas.
CVE:
BOP-2022-6111
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 21 de diciembre de 2022
N.º 0242
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