Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabañas del Castillo. (BOP-2022-6107)
BOP-2022-6107 Convocatoria para la provisión de una plaza de Auxiliar adminsitrativo/a en aplicación de la Ley 20/2021 de 28 de diciembre de 2021
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Ayuntamiento de Cabañas del Castillo
Ayuntamiento de Cabañas del Castillo
C/ El Enrollao s/n, Roturas de Cabañas. 10373 (Cáceres). Tfno. 927151205. Fax: 927151224
B) Otros méritos (10 puntos máximos).
b.1.) Formación (5 puntos máximos).
Se valorarán los cursos de formación, recibidos o impartidos, que hayan sido convocados, impartidos
u homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública, por Administraciones
Públicas u Organismos y Organizaciones dependientes de ellas, o por organizaciones sindicales u
otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación para el empleo de las
Administraciones Públicas, Universidades y colegios profesionales o centros privados homologados
cuyo contenido esté directamente relacionado con las funciones propias del cuerpo, escala y subescala
o categoría profesional a la que se opta. Asimismo, se valorarán los cursos de formación, recibidos o
impartidos, que hayan sido convocados, impartidos u homologados por los/as agentes anteriores, con
contenidos transversales y complementarios que contribuyan al desarrollo personal y profesional de
los/as empleados/as públicos/as. Sólo se valorará, ya sea por asistir o por impartir, una única edición
del curso o acción formativa cuando sean varias coincidentes dentro del mismo año en cuanto a su
contenido.
La formación se acreditará mediante diplomas o certificados originales o copia de los mismos en horas
y/o créditos.
Cuando la duración de las actividades formativas venga determinada en días, el Tribunal valorará 5
horas por día, de acuerdo con criterios de proporcionalidad y siempre que se acrediten claramente los
días concretos de celebración del curso.
En caso de que en las acreditaciones de las actividades formativas aportadas figuren tanto las horas de
formación como los créditos, se tendrán en cuenta éstos últimos para su valoración, siempre y cuando
dichas actividades formativas tengan diez o más horas de duración. No se valorarán los pertenecientes
a una carrera universitaria, los de doctorado, las prácticas, colaboraciones o tutorías.
Ello, no obstante, el órgano de selección se reserva el derecho de poder exigir al/a aspirante cualquier
documentación complementaria y de contar con asesores externos para resolver las dudas que puedan
surgir.
La valoración se realizará de acuerdo con el siguiente baremo:
-Por asistir a cursos o actividades formativas: 5 puntos máximo.
- Actividades formativas realizadas de menos de 10 horas y las que no especifiquen número de horas
se valorarán con 0,60 puntos.
-Se valorarán con 1,20 puntos cada crédito de cada uno de las demás actividades formativas
presentadas por los/as aspirantes, estableciéndose la equivalencia de 1 crédito con 10 horas.
CVE:
BOP-2022-6107
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 21 de diciembre de 2022
N.º 0242
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